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Condenan a un padre por conducir sin carné y a su hijo por dejarle el coche

Cogió el coche sin carné para visitar a su hija que se había puesto de parto

abc

La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha condenado por un delito contra la seguridad del tráfico a sendas penas de cincuenta días de trabajos en beneficio de la comunidad a un padre por conducir sin carné y a su hijo por dejarle su coche y permitirlo.

La sentencia a la que ha accedido hoy Efe modifica no obstante el fallo del Juzgado de lo Penal número 15 de Valencia, que condenaba a los procesados a sendas multas de 3.240 euros por este delito, el primero en calidad de autor y el segundo como cooperador necesario.

El tribunal estima así en parte el recurso presentado por acusados, en el que uno alegaba que cogió el coche sin carné para visitar a su hija, que se había puesto de parto, y el otro argumentaba que iba borracho y no era consciente de los hechos.

Según se declara probado, sobre las 17.15 horas del 25 de diciembre de 2008, Antonio G.R. circulaba por la carretera CV-42 de la localidad valenciana de Algemesí acompañado de su hijo Antonio G.G. cuando, en un momento dado, una patrulla policial les hizo el alto.

El hombre, que carecía de carné de conducir, trató de eludir el control acelerando la marcha pero los agentes le persiguieron hasta lograr que se detuviera.

Después de solicitarle la documentación, comprobaron que no poseía permiso de circulación ni nunca lo había obtenido y que el turismo era propiedad del hijo, que iba de copiloto y le había dejado el coche a sabiendas de que su progenitor no tenía carné.

El juez de instancia les condenó a sendas multas de 3.240 euros por un delito contra la seguridad del tráfico, el primero en calidad de autor y el segundo como cooperador necesario.

El conductor interpuso un recurso de apelación alegando que había cogido el coche sin tener carné porque su hija se había puesto de parto e iba a ver cómo se encontraba y que no le pidió a su hijo que condujera porque éste estaba bebido.

Su hijo también recurrió el fallo, manifestando en su caso que no era consciente de los hechos porque se encontraba bajo los efectos del alcohol.

Ambos solicitaron en sus escritos conmutar la multa de la condena por trabajos en beneficio de la comunidad.

El tribunal rechaza la excusa del hijo porque en el juicio no se hizo referencia a que fuera borracho ni así consta en el parte elaborado por los policías, que le dejaron al cargo del vehículo porque le vieron en condiciones para ello.

Tampoco acepta la «necesidad imperiosa» del padre de coger el vehículo sin carné porque su hija se puso de parto, dado que en el procedimiento «no consta que sea padre de una hija».

Para el juez, no existe acreditación alguna de la necesidad ineludible de que el padre hiciera uso del vehículo sin el carné pertinente «ni para evitar que su hijo cometiera un delito de conducción bajo los efectos del alcohol».

Condena a los procesados pero lo hace a trabajos en beneficio de la comunidad, posibilidad que ofrece alternativamente el artículo 384.2 del Código Penal.

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