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condena al Servicio Andaluz de Salud

262.797 euros por diagnosticar erróneamente anorexia a un adolescente

El joven, que entonces tenía 11 años, estuvo cinco años a tratamiento psiquiátrico con fármacos antidepresivos hasta que descubireron que padecía una enfermedad intestinal

EFE

Un juzgado de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 262.797 euros a un adolescente que durante cinco años fue tratado de anorexia nerviosa, con tratamiento psiquiátrico, sin detectar la enfermedad intestinal que padecía.

La sentencia del juzgado de lo contencioso 9 de Sevilla explica que el chico, entonces de 11 años, presentaba en octubre de 2001 síntomas que hacían sospechar una dolencia inflamatoria intestinal conocida como enfermedad de Crohn, pero el SAS le diagnosticó "anorexia nerviosa y trastorno de la personalidad". El hospital Virgen Macarena de Sevilla le aplicó tratamiento psiquiátrico y fármacos antidepresivos, pauta que no cambió hasta que, cinco años después, la familia del niño lo llevó a un psicólogo, que les aconsejó consultar a un especialista del aparato digestivo.

La sentencia recoge que la media europea para diagnosticar la enfermedad de Crohn es de cinco meses, pero el SAS tardó cinco años, durante los cuales el chico fue sometido a un "peregrinaje inútil por distintos departamentos médicos", donde le prescribían un tratamiento "sin ningún efecto sobre sus dolencias". Ese retraso "es evidente que supuso una pérdida de oportunidad en el tratamiento y un grave peligro" para el adolescente, que tuvo que soportar "desnutrición, pérdida de peso y masa muscular, alteración en el crecimiento, dolores abdominales, vómitos, diarreas, continuas visitas al hospital e ingresos hospitalarios".

La colonoscopia, clave

Junto a ello, "le impusieron un tratamiento psiquiátrico que condicionó su vida personal, retrasó sus estudios, le pusieron un tratamiento farmacológico que no necesitaba y le sometieron a una terapia psiquiátrica innecesaria".

En noviembre de 2007 el chico fue sometido a una colonoscopia que ya detectó su verdadera dolencia, por lo que la sentencia dice que ese diagnóstico tardío le supuso unos perjuicios que deben ser indemnizados porque el paciente "no tiene el deber jurídico de soportar una acción que no se ajuste a la buena praxis médica".

La abogada que presentó la demanda, Elisa González Ángel, ha informado de que su cliente sigue con algunos síntomas depresivos, que han mejorado al haber emprendido una actividad laboral, y en abril de 2010 fue operado de una perforación del intestino delgado, múltiples fístulas y peritonitis.

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