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UNO ERA GURDIA CIVIL

Absueltos tres supuestos proxenetas porque se autorizaron escuchas sin base

YOLANDA CARDO

ABC

La Audiencia de Gerona ha absuelto a tres acusados de introducir a España a mujeres de procedencia rusa y ucraniana para obligarlas a prostituirse porque el tribunal considera que las escuchas telefónicas en las que se basó la investigación se autorizaron sin «consistencia incriminatoria». En la sentencia, la sección tercera de la Audiencia de Gerona absuelve así de todos los cargos a los tres acusados —un agente de la Guardia Civil, Víctor Manuel A.C., su esposa, Natalya R., y un supuesto tercer integrante de la red delictiva, Nicanor B.R.—, para los que la fiscalía pedía cuatro años de cárcel.

En el fallo, el tribunal subraya que los datos indiciarios por los que un juez de Blanes autorizó las escuchas a los acusados carecían de «consistencia incriminatoria», ya que se centraban en datos obtenidos de fuentes indeterminadas y confidencias policiales que no fueron corroboradas en una posterior investigación que justificara la necesidad y proporcionalidad de la intervención telefónica. Por ello, el tribunal no entra a valorar el contenido de las escuchas, ni las actuaciones posteriores, como los registros, ya que fueron autorizados en base al material recopilado en las conversaciones intervenidas. Por todo ello, la Audiencia absuelve a los acusados, argumentando que los investigadores no pudieron verificar por sí mismos ninguna conducta delictiva a través de actuaciones desvinculadas de las escuchas. El tribunal tampoco da relevancia a los datos proporcionados por dos supuestas víctimas, porque no se consignó al juez su verdadera identidad, por lo que fue imposible comprobar la realidad de su existencia y de sus acusaciones.

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