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Ni «peceras» ni moratoria para el cigarro

El Congreso tiene previsto tumbar las enmiendas del Senado que contradigan o suavicen el contenido de la ley Antitabaco

inés baucells

mariano calleja

La alegría de los hosteleros por las enmiendas que se han aprobado en la Comisión de Sanidad del Senado sobre la Ley Antitabaco les va a durar, previsiblemente, muy poco. El Congreso tiene previsto tumbar todas las modificaciones introducidas en la Cámara Alta que contradigan o suavicen el contenido de la ley, según fuentes parlamentarias consultadas por ABC .

Así, la mayoría del Congreso (que es distinta a la del Senado, donde el grupo mayoritario es el PP) rechazará la enmienda que aplaza la entrada en vigor de la ley hasta julio. De esta forma se mantendrá lo previsto: el 2 de enero entrará en vigor la Ley Antitabaco, que prohíbe fumar en todos los espacios públicos cerrados, incluidos restaurantes y lugares de ocio. Tampoco se permitirá crear cubículos o "aliviaderos" en esos lugares de ocio, como propuso el PP como forma de dar un respiro económico a los hosteleros.

La Proposición de Ley volverá al Congreso de los Diputados este mes de diciembre, y saldrá definitivamente aprobada en el último Pleno del año, previsto para la semana de la Navidad. En Nochevieja, sin embargo, los que quieran podrán seguir fumando en restaurantes, bares y lugares de ocio, ya que la ley entrará en vigor, según lo aprobado en el Congreso y que se quiere mantener ahora, el 2 de enero.

Medidas aprobadas en la Cámara Baja

Si la ley sale adelante tal y como se aprobó en la Comisión de Sanidad de la Cámara Baja , desde el 2 de enero de 2011 estará prohibido fumar en todos los espacios públicos cerrados y en algunos abiertos como los parques infantiles, y los alrededores de hospitales y colegios . Sí se permitirá fumar en las zonas al aire libre de los campus universitarios.

Las únicas excepciones en lugares cerrados serán los centros penitenciarios, residencias de mayores y discapacitados y los psiquiátricos con estancias de media y larga duración, donde se podrá fumar sólo en salas especiales pero no en las zonas comunes.

Tampoco se permitirán las «peceras» para fumadores dentro de los bares y restaurantes y tampoco que el concepto de «club de fumadores» se convierta en un coladero.

Quedará prohibido emitir programas o imágenes en medios de comunicación en las que los presentadores, colaboradores o invitados «aparezcan fumando, mencionen o muestren» marcas, nombres comerciales, logotipos u otros signos identificativos o asociados al tabaco.

En cuanto a las máquinas expendedoras de tabaco, se podrán ubicar en kioscos de prensa, bares, restaurantes y tiendas de conveniencia de las gasolineras, en las mismas condiciones que con la ley actual.

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