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CC.OO. destaca el valor de la sentencia del hospital de Toledo para la sanidad pública

El fallo anula privatizar al personal estatutario del nuevo hospital de Toledo

CC.OO. destaca el valor de la sentencia del hospital de Toledo para la sanidad pública ana pérez herrera

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La sentencia que anula la privatización del personal estatutario del Complejo Hospitalario de Toledo es muy importante para el futuro de la sanidad pública en Castilla-La Mancha, ha afirmado heste martes la secretaria regional de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO, Chelo Cuadra.

En rueda de prensa, Cuadra ha manifestado que la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Toledo « es importantísima para CCOO como organización sindical, p ara los trabajadores estatutarios del Complejo Hospitalario de Toledo y del Hospital de Parapléjicos y para el futuro de la sanidad pública de Castilla-La Mancha».

Según Cuadra, es un toque de atención tanto para el anterior Gobierno regional « e incluso a futuros gobiernos que pretendan privatizar la sanidad pública».

En la sentencia, el juzgado les dice «que la privatización de la sanidad pública no vale todo, que hay una serie de normativas, de leyes que se deben cumplir y nadie por mucha mayoría absoluta que tenga puede inventarse nuevas formas de gestionar la sanidad pública», ha afirmado Cuadra.

Ha subrayado que la sentencia dice que no es procedente la integración del personal estatutario fijo en una sociedad concesionaria, porque la empresa adjudicataria no cumple los requisitos que establece en esta materia la legislación vigente.

Estos requisitos están establecidos en la ley 15/1997 por la que se establecen nuevas formas de gestionar la sanidad pública y en la ley 14/1986 en cuanto a los conciertos que los entes públicos pueden hacer con empresas privadas, que en este caso no se han cumplido.

«Es decir, lo que dice la sentencia que es legítimo que un gobierno decida privatizar una serie de servicios pero que no lo puede hacer con cualquiera», ha añadido Cuadra.

Asimismo, ha destacado que en la sentencia se establece que la prestación de un servicio básico y universal como el sanitario cuya regulación ordinaria es desarrollo del derecho a la protección a la salud garantizado en el artículo 43 de la Constitución Española, «y por ello no es una actividad liberalizada, que se pueda prestar a través del régimen privado común».

Cuadra ha aclarado que el juzgado ha entendido «que una empresa concesionaria de la construcción de un hospital no puede gestionar a los trabajadores estatutarios que han hecho su carrera profesional y han optado a esa plaza a través de una oposición y no se puede eliminar esa condición a través de una cláusulas administrativas privadas de una concesión de servicio».

Renegociación del pliego

El juzgado ha considerado además que se vulnera el pacto selección de personal temporal del servicio regional de Salud (Sescam), ya que la cobertura de vacantes y sustituciones no puede ser contraria a lo regulado en el mismo, ha apuntado Cuadra, que ha agregado que la sentencia corrobora que «no se puede quedar en manos de una entidad que lo único que va a hacer es explotar y hacer la obra de un hospital».

En este sentido, ha opinado que la sentencia facilita la renegociación del pliego de condicione s del Gobierno regional con la UTE concesionaria de la construcción y explotación del nuevo Hospital de Toledo.

Al respecto, tanto Cuadra como el secretario provincial de CCOO en Toledo, Jesús García Villaraco, han confiado en que la UTE concesionaria no recurra la sentencia y han abogado porque las obras se inicien cuánto antes, manteniendo la titularidad pública del hospital, porque se una infraestructura muy necesaria.

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