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Treinta años del primer juicio de la colza y las víctimas aún piden reparación

Las víctimas inician una campaña para pedir a la Audiencia Nacional los expedientes personales de cada una, con sus informes médicos completos

Síndrome del aceite de colza: las secuelas que sufren los afectados

Qué es el aceite de colza

EFE

Hoy, 30 de marzo, se cumplen 30 años del comienzo del primer juicio por Síndrome del Aceite Tóxico (SAT) , una dolencia causada por la ingestión de aceite de colza desnaturalizado con anilina, cuyas víctimas aún se movilizan para pedir una reparación moral y acceso a sus informes médicos completos.

La plataforma «Seguimos viviendo», que agrupa a las víctimas, se reúne hoy con diputados del grupo socialista y de Podemos . El PSOE presentó a comienzos de mes una proposición no de ley para reactivar el tratamiento que se da a los afectados, pues miles de ellos siguen con secuelas.

Y al tiempo, las víctimas iniciarán una campaña para pedir a la Audiencia Nacional los expedientes personales de cada una , con sus informes médicos completos.

Todo ello, cuando se cumplen treinta años del comienzo del juicio en el auditorio de la Casa de Campo de Madrid a los 38 aceiteros procesados por la Audiencia Nacional (1987) . Las sesiones duraron hasta el 28 de junio de 1988 y la sentencia no se dictó hasta el 20 de mayo de 1989.

Seis años antes del comienzo del juicio, en mayo de 1981, había fallecido el niño Jaime Vaquero , la primera víctima de un envenenamiento que afectó a unas 20.000 personas.

1.500 testigos

Pasaron por el tribunal 1.500 testigos y 200 peritos y el fiscal solicitó más de 60.000 años para los acusados principales en el que se convirtió en el juicio más largo de la historia en España.

La Audiencia condenó a 13 aceiteros a penas de entre seis y veinte años de cárcel y estableció que no hubo homicidios sino delito contra la salud pública e imprudencia temeraria.

El tribunal determinó que 330 personas murieron por el SAT , frente a los 605 contabilizados oficialmente, y estableció unas indemnizaciones de 15 millones de pesetas (90.151 euros) para los herederos por persona fallecida, y de 150.000 pesetas (901 euros) a 90 millones (540.910 euros) para los afectados, según su sintomatología y grado de invalidez.

Pero no fue, ni mucho menos, el final del proceso judicial. El 28 de abril de 1992, el T ribunal Supremo decidió aumentar, hasta en cincuenta años, las penas impuestas a los principales responsables del envenenamiento. Estableció que, si no en homicidios, las personas juzgadas sí que habían incurrido en dolo eventual respecto de las muertes y las lesiones porque no ignoraban el riesgo que llevaba emparejado su acción.

Aumentó ligeramente el número de personas envenenadas , al reconocer como enfermos a los que la Audiencia Nacional puso bajo el epígrafe de «dudosos» y confirmó las indemnizaciones, así como la responsabilidad civil de los condenados, que ascendía a 540.000 millones de pesetas (3.253.012 euros) .

Sin embargo, ni las indemnizaciones ni la responsabilidad civil pudieron ser cobradas, pues los empresarios se declararon insolventes .

Pero tampoco terminó ahí el camino judicial, dado que el juez Carlos Bueren abrió un nuevo sumario para procesar a altos cargos de la administración . Siete fueron a juicio y solo fue condenado Manuel Hernández Bolaños, exdirector del Laboratorio Central de Aduanas, a veinte mil pesetas de multa por imprudencia simple sin infracción de reglamentos con resultado de mal a personas.

Responsable civil subsidiario

Se le obligaba a indemnizar a las víctimas, pero sólo en la cuota del 50% de las sumas fijadas en la sentencia de 1989 y, eso sí, se determinaba por primera vez que el Estado, como responsable civil subsidiario, debía abonar la indemnización impuesta a Hernández Bolaños en caso de que éste no pagara, descontadas las cantidades ya abonadas, cifradas en unos 110.000 millones de pesetas.

Pero también en este caso el Supremo corrigió a la Audiencia Nacional y, no solo elevó la pena a Manuel Hernández Bolaños a seis meses de prisión por imprudencia temeraria, sino que condenó a la misma pena para Federico Povedano Alonso, absuelto por la Audiencia.

Asimismo, duplicó la cuantía de las indemnizaciones , que quedaron establecidas en torno a los 540.000 millones de pesetas (3.253.012 euros), y condenó al Estado a pagarlas en su totalidad como responsable civil subsidiario, a la vez que ampliaba la lista de los beneficiarios a todos los afectados y no sólo a aquellos personados en la causa.

En el año 2000, el Ministerio de Justicia creó un equipo formado por jueces para decidir cuánto pagar a cada afectado. En 2006 se habían reconocido 2.374 millones de euros en autos de liquidación.

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