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La ITV podrá repetirse en otra estación si se suspende en el plazo de un mes

El Consejo de Ministros apueba un Real Decreto que flexibiliza la normativa en sintonía con la UE. Exige más medios para controlar fraudes en las emisiones de los vehículos

Una ITV en Vigo MIGUEL MUÑIZ

ABC / EFE

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto por el que se permite a los usuarios que no pasen favorablemente la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) repetir la prueba en una estación diferente en el plazo de un mes . Además, la norma obliga a las estaciones a disponer de herramientas de diagnóstico electrónico para mejorar el control de emisiones.

Este Real Decreto trata de flexibilizar algunos aspectos de la normativa de ITV para cumplir con la legislación europea. En concreto, el texto establece los requisitos que deben satisfacer las estaciones ITV en cuanto a personal, formación, instalaciones, equipos y procedimientos de inspección destinados a garantizar la calidad, con el fin de contribuir a la mejora de la seguridad vial y la protección del medio ambiente, según ha explicado el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad en un comunicado.

Herramientas para controlar las emisiones

Entre sus novedades, obliga por primera vez a las estaciones a disponer de herramientas de lectura de diagnóstico que se conectan con los ordenadores de a bordo de los vehículos, lo que supone «un primer paso hacia la inspección de los sistemas de seguridad electrónicos y la mejora del control de emisiones».

Por otro lado, la norma facilita la libre elección de estación ITV cuando el resultado sea desfavorable o negativo. Hasta ahora, era obligatorio presentarse a la nueva inspección en la misma estación con un plazo máximo de un mes. Si bien esta fecha se mantiene, ofrece la posibilidad de repetir la inspección en una estación diferente a la que otorgó un diagnóstico negativo.

En cuanto al sistema por el que se establece la fecha obligatoria para la próxima revisión, establece que no se modificará la fecha prevista para la siguiente si el vehículo pasa la inspección por adelantado, siempre que este adelanto no supere un mes.

Además, establece la obligatoriedad de acreditación de las ITV como entidad de inspección atendiendo a la norma internacional UNE EN/ISO 17020. La norma también actualiza los requisitos de cualificación del personal e incorpora la formación a distancia . Para los inspectores, se exige por primera vez, como nivel mínimo, la titulación de Técnico Superior de Automoción.

Por último, este Real Decreto favorece el intercambio de información electrónica entre estaciones y Administración Pública con el objetivo de fomentar la mejor supervisión de las actuaciones de la inspección.

Con esta transposición de la Directiva europea 2014/45/UE de 3 de abril de 2014 y de la 2014/46/UE de misma fecha, será posible el reconocimiento del certificado de la inspección técnica periódica emitido por otros Estados miembros cuando el usuario lo haya comprado en el extranjero y lo matricule en España.

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