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Las huellas dactilares, causa de que un hombre no cobre 4,7 millones de euros con un billete de lotería

Un juzgado coruñés ha desestimado la demanda de un individuo que decía ser dueño de un billete de lotería premiado

Imagen de archivo de unas celebraciones tras recibir un premio en la lotería Maya Balanya

EFE

El titular del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de A Coruña ha desestimado la demanda del coruñés que decía ser dueño del billete de lotería premiado con 4,7 millones de euros que supuestamente apareció en una administración de la ciudad.

En junio de 2012 la administración de Loterías número 44 situada en Carrefour, en la avenida de Alfonso Molina, selló de manera automática el boleto que posteriormente recibió un premio de 4.722.337,75 euros.

El propietario de la administración número veintidós, situada en la céntrica plaza de San Agustín, Manuel Reija, asegura que lo encontró en su establecimiento encima del mostrador y, antes de tirarlo, comprobó si estaba premiado.

Reija, que es hermano del Delegado de Loterías en A Coruña, explicó entonces que se había llevado una gran sorpresa al comprobar que el resguardo presuntamente perdido había sido agraciado con 4,7 millones de euros.

Trescientas personas dijeron en su momento que el boleto era suyo , pero ninguna fue capaz de demostrar la propiedad, por lo que se abrieron varios procesos penales.

Uno de ellos es el resuelto por el Juzgado de Primera Instancia número cuatro, donde un coruñés aseguró que había sellado ese boleto en Carrefour y pocos días después lo comprobó, de manera circunstancial, en San Agustín.

Según su versión, allí la máquina mostró un elevadísimo premio, pero el lotero le dijo que solo le habían tocado 4,7 euros y que el motivo de que la pantalla mostrase tantos números era «que se había quedado sin papel».

Muestra el juez sus dudas sobre lo que comenta el demandante porque amplió su escrito el 21 de enero de 2015, casi tres años después del hecho, y no se personó en la vía judicial hasta que el Ayuntamiento descartó que el boleto fuese suyo.

Tras el análisis de la prueba, concluye el juez que « de ningún modo ha logrado acreditar ser el propietario del billete de lotería litigioso y tampoco ha conseguido acreditar la identificación del mismo, en el sentido de que ese billete sea el exacto que él adquirió (o dice haber adquirido) en la administración de loterías».

No se ha encontrado «correspondencia entre las impresiones dactilares» del demandante con las huellas existentes en el boleto de lotería primitiva objeto de estudio.

El tramo horario en el que dice haber ido a comprobar si el boleto estaba premiado no se corresponde con las horas en las que el lotero pasó por el terminal el resguardo real.

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