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La «guerra» vasca al tabaco, en diez claves

Cómo se adelanta el País Vasco a la legislación estatal y equipara la prohibición sobre tabaco con el cigarrillo electrónico

El lendakari, Iñigo Urkullu, y el consejero vasco de Salud, Jon Darpón, conversan al comienzo del pleno del Parlamento Vasco que aprobó la ley de Adicciones y Drogodependencias EFE

P. P.

La guerra vasca declarada al tabaco, aprobada este jueves 7 de abril por el Parlamento autonómico , supone que la Comunidad adelanta en lo restrictivo a la legislación estatal y se puede resumir en diez claves:

1-. No se trata de una ley antitabaco, sino de una norma que equipara la prohibición de fumar al cigarrillo electrónico . El Parlamento vasco la ha aprobado como Ley vasca de Adicciones y Drogodependencias. Esto implica que no se puede vapear con el «e-cigar» en los espacios cerrados o semicerrados de uso público, como los establecimientos hosteleros. Se prohíbe fumar y también vender bebidas alcohólicas en espacios como estadios de fútbol y frontones. Todos los grupos parlamentarios han respaldado la norma, excepto UPyD, que se abstuvo, un apoyo que el consejero de Salud, Jon Darpón , agradeció. Según él, el leitmotiv de la nueva norma es seguir protegiendo la salud, especialmente de los menores, y responder de manera «efectiva» a una cuestión «tan compleja y cambiante».

2-. El País Vasco se adelanta a su tiempo: se trata de la primera comunidad que impide el consumo de cigarrillos electrónicos en los lugares en los que no se permite el tabaco.

3-. No se va a poder fumar: en el País Vasco no se va a poder fumar en ningún espacio cerrado y semicerrado de uso público, con independencia de su titularidad pública o privada, como los estadios de fútbol, los frontones o las plazas de toros.

4-. En espacioes semicerrados: se entienden todas las zonas ubicadas fuera de un local cerrado que estén cubiertas por techumbre o paredes en más del 50 % de su superficie.

5-. Sí se permite fumar en las sociedades gastronómicas de tanto arraigo en la Comunidad: la ley permitirá sin embargo fumar en las sociedades gastronómicas si así lo decide la mayoría de los socios en sus estatutos excepto si hay menores.

6-. La norma va un paso más allá también de la regulación estatal: en el conjunto del Estado, en 2014 prohibió el uso de estos dispositivos en hospitales, centros educativos y edificios de la Administración, pero no en bares, restaurantes y otros espacios públicos cerrados.

7-. Igual que Malta : el País Vasco adopta la misma legislación que Malta, único país de la UE que ha equiparado tabaco y cigarrillo electrónico, lo que ha provocado el «malestar» de la Asociación Nacional del Cigarrillo Electrónico (ANCE) cuyo presidente, Alejandro Rodríguez, censura que la Cámara vasca haya «hecho oído sordos al sector, a la comunidad médico-científica internacional y al resto de socios europeos», y haya adoptado un «norma arcaica e injustificada». Para Rodríguez, la ley «condena al ostracismo a los 30.000 vapeadores vascos».

8-. Consumo de alcohol: la norma no prohíbe su consumo en la vía pública, como establecía el proyecto de ley presentado por el Gobierno Vasco, por lo que su prohibición será regulada como hasta ahora por los ayuntamientos, pero sí queda prohibida la venta de alcohol en las instalaciones donde se celebren competiciones deportivas.

9-. Clubes de cannabis: en el texto también regula los clubes de cannabis para que puedan quedar legalmente constituidos, aunque se deja para un futuro el desarrollo de su reglamento, y se legisla sobre la publicidad de bebidas y tabaco, con especial énfasis en el colectivo de menores.

10-. Multas: La ley prevé sanciones que van desde multas de 600 euros por la comisión de infracciones leves, hasta los 600.000 euros por infracciones muy graves, que pueden suponer incluso el cierre temporal, total o parcial de la actividad del centro, local o empresa por un periodo de dos a cinco años.

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