Hazte premium Hazte premium

Así administra la Iglesia el sacramento de la primera Comunión en España

Los niños deben recibir una «adecuada formación» de manera que «entiendan» el sacramento que van a recibir

Un grupo de niños reciben la Primera Comunión FOTOLIA

LAURA DANIELE

Una singular sentencia ha resuelto esta semana que una niña pueda recibir la primera comunión por deseo expreso de padre y pese a la oposición de su madre. El juez da la razón al progenitor , al sostener en su fallo que «ese acto es consecuente con la trayectoria católica del matrimonio».

Ajena a la argumentación jurídica, la Iglesia cuenta con sus propios requisitos para administrar los sacramentos. Para ello, se guía por el Código de Derecho Canónico, aunque desde la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis recuerdan a ABC de que más allá de la norma, «la Iglesia siempre acoge y acompaña».

Concretamente en el caso del bautismo, uno de los tres sacramentos de la iniciación cristiana -junto a la eucaristía y la confirmación-, son los padres, en caso de que el niño sea menor de edad, «los tienen que pedir que reciba el Baustimo», recuerda la Comisión de Enseñanza y Catequesis.

Los requisitos para recibir el bautismo no son muchos. Según el Código de Derecho Canónico «cualquier persona» puede recibirlo. Si se trata de un adulto se requiere «que haya manifestado su deseo de recibir este sacramento, esté suficientemente instruido sobre las verdades de la fe y las obligaciones cristianas».

En el caso de un niño se requiere que «den su consentimiento los padres, o al menos uno de los dos, o quienes legítimamente hacen sus veces» y que «haya esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica». Otro de los requisitos es que, en la medida de lo posible, los niños sean bautizados en las primeras semanas» de vida.

Suficiente conocimiento

Desde la Comisión de Catequesis de la Conferencia Episcopal explican que «el baustismo da la fe, la Eucaristía la alimenta y la Confirmación confirma que el joven quiere vivir la fe que recibió de sus padres».

Para que pueda administrarse la eucaristía a los niños se requiere que «tengan suficiente conocimiento y hayan recibido una preparación cuidadosa, de manera que entiendan el misterio de Cristo en la medida de su capacidad, y puedan recibir el Cuerpo del Señor con fe y devoción», apunta el Código de Derecho Canónico.

Los padres así como también el párroco tienen obligación de procurar que los niños que han llegado al uso de razón «se preparen convenientemente y se nutran cuanto antes, previa confesión sacramental, con este alimento divino», añade la norma.

En España los niños se preparan durante dos años para recibir este sacramento. Suelen comenzar la catequesis cuando están en 2º o 3º de Primaria es decir entre los 8 y 9 años.

La Confirmación es el último de los sacramentos que conforman la iniciación cristiana. Por ello, el canon 842 del Código de Derecho Canónico recuerda que «quien no ha recibido el bautismo , no puede ser admitido válidamente a los demás sacramentos».

Para que alguien reciba lícitamente la confirmación -apunta la normativa- se requiere que, «si goza de uso de razón esté convenientemente instruido, bien dispuesto y pueda renovar las promesas del bautismo». Este sacramento se ha de administrar a los fieles en torno a la edad de la discreción, apunta el código. En España suele tomarse en torno a los 14 años, explican desde la Comisión Episcopal de Catequesis.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación