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España se queda rezagada en la regulación del alquiler vacacional

El acuerdo entre Airbnb y el Ayuntamiento de París para el cobro de las tasas turísticas evidencia la necesidad de una legislación más específica

España se queda rezagada en la regulación del alquiler vacacional abc/Exceltur

carlos manso chicote

El portal web Airbnb de alquiler vacacional de viviendas particulares (un 27% del mercado español, según el último informe de Exceltur «Alojamiento turístico en viviendas de alquiler: Impactos y retos asociados») anunció esta semana un acuerdo con el Ayuntamiento de París para intermediar desde el 1 de octubre entre él y los 50.000 anfitriones locales en el cobro de la tasa turística (0,83 euros por persona y noche). En España, con el turismo en un gran momento, sus dos principales metrópolis (Madrid y Barcelona) están lejos de llegar a una solución como la de la capital francesa.

Este anuncio, en Francia, sigue a la introducción de la «Loi ALUR», que abre las puertas al alquiler turístico de la primera vivienda sin licencia . Manuel Gandarias, director del gabinete de estudios de Pisos.com , opina que «España está por detrás de Francia» en la regulación del «home sharing» (alquiler esporádico del domicilio personal o de una parte de este, por un particular ausente temporalmente), y ve «posible» que en otras ciudades importantes se adopten decisiones similares.

Otras ciudades europeas han aprobado regulaciones específicas : En Ámsterdam (Holanda) Aribnb ha firmado un acuerdo, en febrero, con el gobierno local que le obliga a remitir a las autoridades de la ciudad el impuesto turístico correspondiente con un límite de 60 días. Por otro lado, Hamburgo (Alemania) cuenta, desde julio de 2013, con una norma que legaliza totalmente y, sin necesidad de licencias, el alquiler vacacional de las primeras residencias cuando sus dueños estén ausentes. Londres, en una línea similar, da un máximo de 90 días sin necesidad de permisos.

Por su parte, en San Francisco , ciudad en la que se fundó Airbnb en 2008 esta plataforma recauda las imposiciones turísticas desde octubre de 2014. Lo mismo sucede en otras localidades estadounidenses como Washington DC, Chicago, Philadelphia, San José, Portland ,... y, a nivel estatal, con estados como Carolina del Norte . Desde Airbnb han destacado que todos estos acuerdos persiguen «que el proceso sea más racional y sencillo para todos».

Desde Homeaway (24% del mercado español, según Exceltur) han afirmado que es «el viajero es quien paga el precio del alquiler directamente al propietario», y que todos los pagos son «procesados por terceros». Por su parte, en Booking.com , ha replicado que se limitan a «facilitar el proceso de reserva» y que los alojamientos son los «responsables» de pagar al fisco.

España: «17 legislaciones diferentes»

¿Y España? El turismo ha registrado, entre enero y junio, casi 30 millones de visitantes, según datos oficiales. Un 4,2% más que en el mismo periodo del año anterior. Todo un récord. Según Exceltur, la oferta de plazas de pisos turísticos, alcanzó al cierre de 2014 los 2,7 millones frente a los 2,5 millones de los alojamientos regulados (hoteles, cámping...). Para Manuel Gandarias (Pisos.com), en nuestro país tenemos «17 legislaciones diferentes» tras la reforma en 2013 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos. Una norma que «traspasa» la competencia sobre el alquiler vacacional a las comunidades autónomas.

En concreto, continúa el citado informe, sólo hay seis comunidades autónomas con una normativa aprobada mediante decreto: Cataluña, Madrid, Cantabria, Canarias, Baleares y Aragón. El estudio destaca que las seis legislaciones sólo coinciden en prohibir el alquiler de estancias, en la obligación de inscripción en un registro turístico (mediante declaración responsable menos en Cataluña), y en la existencia de un teléfono de atención 24 horas. Unos decretos que, añade esta misma fuente , han tenido por objetivo «priorizar la afloración de esta oferta, más que un enfoque con visión transversal» y cuyo «incumplimiento sistemático» por parte de webs y anfitriones denuncian.

Cataluña y Madrid

Tanto Gandarias como Antonio Gil, presidente de la Unión Empresarial por la Promoción Turística de Madrid , verían con buenos ojos que se fijaran unos criterios mínimos a nivel nacional. Gil ve insuficientes las legislaciones autonómicas y, en especial, la de Comunidad de Madrid («la simple declaración responsable se queda corta, hay que meterse más a fondo en el tema», añade). En esta línea, defiende que las viviendas de uso turístico «cumplan con las mismas exigencias en materia de seguridad y fiscalidad que el resto», y que deban contar con la autorización de la comunidad de vecinos para evitar molestias. Además advierte contra la «pérdida de identidad» de algunos barrios, como en L`Example, o el incremento de los alquileres

El presidente de los hoteleros madrileños advierte también contra el carácter coyuntural de los buenos datos del turismo (revalorización del dólar respecto al euro, seguridad...), y admite que la ciudad de Madrid que se encuentra «muy por debajo de sus posibilidades como destino turístico» . En su opinión, la situación en Comunidad y Ayuntamiento es de «compás de espera» tras las elecciones del 24-M. El responsable de la Unión ha exigido que el ente único dedicado a promocionar el turismo sea dirigido con criterios técnicos .

En el caso concreto de Cataluña, hasta el próximo 15 de septiembre, se encuentra en fase de información pública el Decreto del Reglamento de Turismo en Cataluña cuyo borrador dedica el título II (capítulos I y II, artículos 221.1 a 222.5) a este fenómeno, en el que distingue entre «vivienda de uso turístico» y «habitación en casa compartida». La primera es definida como un piso «cedido» por su propietario, a cambio de una contra prestación económica por un máximo de 31 días. La «Habitación en casa compartida» es alquilada a terceros, por el mismo tiempo máximo «en condiciones de inmediata disponibilidad».

Además establece un régimen sancionador y varios requisitos como una declaración responsable con los datos del piso o informar a la Policía, sobre las estancias de las personas que se alojan. Por su parte, Gandarias (Pisos.com) menciona el caso de Baleares , donde «la legislación es más restrictiva » y sólo permite esta clase de alquileres en casas unifamiliares excluyendo.

¿Economía colaborativa o negocio?

El debate está servido entre el sector turístico y los anfitriones o las web especializadas en alquiler vacacional: ¿Actividad legítima o economía sumergida? Para el máximo responsable de la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid, Antonio Gil, las viviendas de uso turístico hacen competencia desleal y esto tendrá consecuencias «en términos de empleo, si este tipo de actividad prolifera en contra de los establecimientos regulados».

En cambio, Joan Pere Jove, presidente de la Asociación de Vecinos y Anfitriones de Barcelona defiende que no es «una actividad profesional» y que, para muchas personas como él, es una suerte de complemento salarial . Este barcelonés, aparejador y autónomo, replica a las acusaciones de opacidad que la mayoría de las transacciones en portales como Airbnb, Homeaway o Booking se realizan a través de transferencias bancarias con lo que quedan registradas, por si Hacienda actúa.

Jove reconoce que ha acogido a viajeros de todo el mundo en su casa y, en paralelo, ha mejorado su inglés: «Precisamente, en septiembre, voy a viajar a Lille (Francia) a casa de unos amigos, a los que acogí en dos ocasiones», destaca.

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