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¿Quién tiene prioridad ante una situación de estrechamiento de la calzada?

La DGT nos ofrece un breve repaso a las sencillas normas que nos ayudarán a determinar quién debe ceder el paso cuando la vía no permita el paso simultáneo en ambos sentidos de la circulación

DGT

ABC MOTOR

Cuando dos vehículos se encuentran de frente, en un tramo o paso estrecho que imposibilita que paso simultáneo y, además, sin señalización, puede surgir la duda: ¿quién pasa primero? ; y, de ser necesario, ¿quién da marcha atrás?.

Desde la DGT nos ofrecen a través de un vídeo un breve repaso a las sencillas normas que nos ayudarán a determinar quién debe ceder el paso cuando la vía no permita el paso simultáneo en ambos sentidos de la circulación:

La norma contempla un claro orden de preferencia, siempre a favor de los vehículos con mayor dificultad de maniobra que, no obstante, puede modificarse con las órdenes de los agentes o las indicaciones del personal de obras y el de acompañamiento de vehículos especiales. Aunque en un paso estrecho sin señalizar la preferencia es de quien hubiera estado primero, en caso de duda este es el orden:

1. Vehículos especiales: tienen preferencia sobre el resto de vehículos en régimen de transporte especial que excedan de las masas o dimensiones establecidas en las normas.

2. Conjuntos de vehículos: salvo que se trate de turismos con remolque de hasta 750 kgs. y las autocaravanas.

3. Vehículos de tracción animal.

4. Turismos con remolque de hasta 750 kgs. de masa máxima autorizada y autocaravanas.

5. Vehículos de viajeros.

6. Camiones, tractocamiones y furgones.

7. Turismos y vehículos derivados de turismos.

8. Vehículos especiales: que no excedan de las masas o dimensiones establecidas en las normas regulatorias delos vehículos, cuadriciclos o cuadriciclos ligeros.

9. Vehículos de tres ruedas, motocicletas con sidecar y ciclomotores de tres ruedas.

10. Motocicletas, ciclomotores de dos ruedas y bicicletas.

Eso sí, el servicio urgente es prioritario por encima de todos los demás anteriormente mencionados. Se consideran prioritarios los vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento y asistencia sanitaria que circulen en servicio urgente.

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