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La posible responsabilidad de Adif centra la investigación judicial

La Sala debe decidir si levanta la imputación a los ex responsables de la empresa ferroviaria

La posible responsabilidad de Adif centra la investigación judicial efe

pablo muñoz/cruz morcillo

La instrucción judicial del accidente del Alvia en la curva de Angrois, de la que se cumple un año, ha entrado en un «impasse» por dos motivos : el primero, es que se ha producido un cambio de juez, motivado por la decisión de Luis Aláez de pedir un traslado, que se concretó hace unas semanas; el segundo, que la Audiencia de La Coruña debe resolver aún los recursos contra la imputación de la cúpula de Adif en el momento en que se abrió el tramo ferroviario, en diciembre de 2011.

En realidad es este segundo punto, el de la supuesta responsbailidad de Adif en la tragedia, el nuclear de toda la instruccción, puesto que a estas alturas nadie discute la responsabilidad de Francisco Garzón Amo , el maquinista del Alvia que entró en la curva de Angrois a 180 kilómetros por hora cuando el límite máximo estaba fijado en 80.

Para muchas de las las víctimas , como para el juez, no hay duda de que la compañía de infraestructuras ferroviarias es responsable de haber diseñado una vía de velocidad alta en la que no se colocó el sistema ERTMS, que frena el convoy automáticamente en caso de velocidad excesiva, sino el ASFA digital. Con el primero se habrían evitado las consecuencias del «previsible» error humano, en palabras de Aláez.

Exceso de velocidad

Una tesis que no comparte ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado, que defiende a la empresa, ni tampoco la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) que atribuyó el siniestro al «exceso de velocidad y la falta de atención del conductor», debido a que estaba hablando por teléfono con el interventor.

El Ministerio Público y la Abogacía del Estado sostienen que en la construcción de la infraestructura no se incumplió ni una sola norma vigente entonces ; otra cosa es que si se hubiesen adoptado otras decisiones –la instalación del sistema de frenado ERTMS– la seguridad hubiera sido mayor.

El juez afirmaba para sostener su imputación que en 2010 se hubiese modificado el proyecto original de la línea entre Orense y Santiago eliminando en sus últimos ocho kilómetros, cuatro antes de donde se produjo el accidente, el sistema ERTMS, lo que incumplía las normas de seguridad requeridas en las líneas de alta velocidad. Adif no solo mantiene lo contrario, sino que afirma que «es radicalmente incierto que las líneas de alta velocidad deban tener preceptivamente instalado» ese dispositivo, y de hecho en su recurso cita hasta ocho tramos en los que ésto no es, o no ha sido así en algún momento.

Tres informes

Aláez, en su auto, se refiere también a los informes de tres de los peritos, dos de ellos de parte y uno independiente, que señalan lo que parece muy claro: que otras medidas de seguridad habrían impedido el siniestro. Ahora bien, según la Abogacía del Estado ninguno de ellos dice que se incumpliera normativa alguna, que es la clave para poder imputar a los responsables de la empresa ferroviaria. El juez además denunciaba que «intereses espúreos (aprovechamiento político de la obra) prevalecieron sobre la seguridad de la circulación». Adif afirma que hay una «manifiesta y clamorosa (...) ausencia de indicios de tal comportamiento».

Esta divergencia de criterios deberá ser resuelta por la Audiencia de La Coruña, que el pasado viernes se reunió por primera vez para deliberar. Hasta el momento, la única vez que se ha pronunciado sobre la supuesta responsabilidad de Adif ha sido para negarla y levantar las imputaciones, aunque ahora dispone de los citados informes periciales y de un correo electrónico en el que un maquinista jefe de Renfe alertaba sobre la peligrosidad de la curva.

Veamos, pues, lo que entonces afirmó la Sala. Para los magistrados «no hay apariencia de criminalidad que pueda determinar una indiciaria atribución de responsabilidades penales», porque «si con arreglo a la normativa aplicable no es inadecuada la forma de regularización y señalización por la que se optó, no cabe contruir un hipotético reproche penal». Y centraba toda la responsabilidad en el maquinista: «Le bastaba con mirar hacia delante y prestar atención» para evitar la tragedia, señalaba en ese auto la Audiencia.

Pero en este procedimiento existe otro problema, también de gran sensibilidad para las víctimas. Se trata de la responsabilidad civil; es decir, quién se hace cargo de las indemnizaciones, lo que se determinará cuando concluya el proceso penal y se dicte sentencia.

Responsabilidad civil

Renfe, obviamente, sabe que deberá hacer frente a esa responsabilidad civil por el despiste fatal del maquinista . A su aseguradora le interesa que no sea el único condenado y por tanto sus intereses chocan con los de Adif. Si algún responsable de la empresa de infraestructuras ferroviarias es condenado, también ella deberá hacer frente a esos importantes pagos. Y entonces surgiría la responsabilidad civil del Estado.

Mientras, el nuevo instructor, Andrés Louro, estudiará en verano los 40.000 folios del sumario.

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