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TRIBUNALES

Loro Parque demanda a un vecino y acaba pagándole 8.800 euros

Durante dos años tuvo que sufrir R. A. los ruidos que generaba la actividad del zoológico

Loro Parque demanda a un vecino y acaba pagándole 8.800 euros ABC

M. Á. MONTERO

La sociedad anónima Loro Parque , titular del zoológico homónimo ubicado en el municipio tinerfeño del Puerto de la Cruz, tendrá definitivamente que pagar casi 9.000 euros, en concepto de indemnización, al propietario de una vivienda que, entre febrero de 2006 y julio de 2008, se vio obligado a sufrir los ruidos a que daba lugar la actividad del zoo. Así lo ha decidido la sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS), que este jueves dio a conocer la sentencia que supone el fin de un pleito que, paradójicamente, se inició con una demanda de la propia empresa.

Fue en septiembre de 2008 cuando Loro Parque elevó una demanda contra R. A., dueño de una casa prácticamente aneja al zoológico. «Basta con la molestia acústica y mal olor provocado por el Loro Parque. Que el Ayuntamiento intervenga. Hay que respetar la Ley. La salud es un derecho inviolable. Menos ruido y respetar el derecho humano» [sic]. Estos fueron los mensajes que R. A. escribió en los carteles que colgó en la fachada de su vivienda. La empresa entendió que se vulneraba su derecho al honor, de ahí la demanda (solicitó 60.000 euros de indemnización). El ciudadano del Puerto de la Cruz respondió con una reconvención por considerar que era la sociedad anónima la que estaba menoscabando sus derechos a la intimidad personal y familiar, a la integridad física y moral y a la inviolabilidad del domicilio, habida cuenta de los ruidos y malos olores que tenía que sufrir. En octubre de 2010, el Juzgado de Primera Instancia número 1 del municipio tinerfeño desestimó la demanda de Loro Parque y acogió parcialmente los argumentos de R. A., de modo que condenó al zoo a indemnizarlo con 8.800 euros por los ruidos que había tenido que soportar entre febrero de 2006 y julio de 2008.

El asunto pasó después a la Audiencia Provincial, tras los recursos de ambas partes. Ya en septiembre de 2011, el tribunal de la provincia de Santa Cruz de Tenerife contradecía al juzgado y admitía que sí se había dañado el honor de Loro Parque. Era entonces el vecino quien debía indemnizar a la empresa, también con 8.800 euros. En consecuencia, el uno indemnizaría al otro y el otro al uno en la misma cantidad; en la práctica, un «empate». El subsecuente recurso de casación ha vuelto, sin embargo, a dar la razón a R. A.

No en vano, el Supremo, en una sentencia del pasado día 5, enmienda la plana a la Audiencia. El TS no solo critica la «pasividad» de Loro Parque y del Ayuntamiento ante el problema de los ruidos (que cuando menos duró más de dos años), sino que ve «justificada» la conducta del vecino. Es más, duda la sala de si la solución a los ruidos habría llegado alguna vez sin que R. A. colgase los carteles. En definitiva, será la empresa la que abone al ciudadano, que no vulneró su honor, los 8.800 euros.

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