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La Justicia declara inconstitucional el «test de la verdad»

Hasta la fecha esta prueba cerebral se les ha practicado al asesino confeso de Marta del Castillo, al grapo Silva Sande y a un acusado de asesinar y descuartizar a su mujer en Ricla (Zaragoza)

La Justicia declara inconstitucional el «test de la verdad» f. simón

ROBERTO PÉREZ

La prueba cerebral del Potencial Evocado Cognitivo P-300 , conocida popularmente como «test de la verdad» , es nula en España por inconstitucional . El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), en auto firme y no recurrible , acaba de determinar que vulnera el derecho a no declarar y que, por tanto, no tiene validez alguna en procesos judiciales.

El TSJA atiende la tesis del letrado Javier Notivoli , abogado de la primera persona a la que se le practicó el «test de la verdad» en España , Antonio Losilla . Es un vecino de Ricla (Zaragoza) que está acusado de matar y descuartizar a su mujer. Fue detenido hace años y permanece en prisión, a raíz de la desaparición de su mujer en abril del año 2012. El problema del proceso penal contra Losilla es que, pese a haber confesado inicialmente los hechos, luego se ha desdicho y no hay ni rastro del cuerpo de su desaparecida esposa.

La Justicia decidió que se hurgara en su cerebro con la prueba del P-300. Fue sometido a ella a finales del año 2013. Se convirtió en el primer imputado en practicársele judicialmente este análisis cerebral en España. Meses después fueron sometidos a esta misma prueba Miguel Carcaño –asesino confeso de Marta del Castillo– y el grapo Fernando Silva Sande . A los tres se les practicó el «test de la verdad» en Zaragoza, por parte del doctor José Ramón Valdizán .

En los tres casos, el P-300 no ha servido para resolverlos, no ha dado frutos a las investigaciones abiertas . Ni para dar con los restos de la mujer de Losilla, ni con los de Marta del Castillo y tampoco para los del empresario Publio Cordón , secuestrado mortalmente por el Grapo.

¿Qué es el «test de la verdad»?

El «test de la verdad» mide las ondas cerebrales , la forma en que responde la mente de un individuo cuando al sujeto se le muestran fotografías y se le hacen escuchar frases diversas , con el fin de qeu reaccione el cerebro y eso ponga sobre la pista de emplazamientos clave en una investigación.

Al margen de que no ha dado resultados prácticos ninguno de los tres casos judiciales en los que se ha aplicado el P-300 en nuestro país, quedaba abierta la controversia sobre si la prueba en cuestión era o no legal.

Generó controversia jurídica

Diversos juristas cuestionaron abiertamente que fuera constitucional . El abogado de Antonio Losilla decidió plantearlo formalmente ante los tribunales y el TSJA ha determinado que esa prueba no es válida, porque conculca el derecho de todo acusado a no declarar.

En su auto, el TSJA subraya, además, que Losilla no dio su consentimiento pleno a que se le realizara este análisis. En cualquier caso, el abogado Javier Notivoli ha explicado a ABC que el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón tumba de plano la validez constitucional del «test de la verdad», haya o no consentimiento previo por parte de quien se someta a él , porque al final el individuo no tiene capacidad alguna para decidir si su cerebro «contesta» o no.

«Fuera del control consciente del sujeto»

Así lo reconoce expresamente el TSJA en su auto, en el que indica que «es importante destacar que la señal eléctrica P-300 está fuera del control consciente del sujeto» . Remarca que esta prueba no es equiparable a las tomas de muestras biológicas para determinar del ADN, sino que ha de ser contextualizada en el derecho constitucional de todo individuo a no declarar.

«Es así –dice el TSJA– porque la finalidad de dicha prueba es la de obtener a través de las ondas ceerbrales emitidas ante los estímulos evocativos una respuesta, d eforma que mediante ella se indaga el pensamiento del sujeto, sin que éste tenga posibilidad de un control consciente que impida el resultado».

Por ello, continúa el fallo, «la práctica de la prueba P-300, por extraer datos cognitivos que únicamente se hallan en el cerebro del sujeto , debe ser considerada jurídicamente como una declaración y, por tanto, solo puede llevarse a cabo con la voluntad del sujeto, pues éste no está obligado a declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable».

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