ERA previsible que la aprobación por el Congreso de las reformas del Código Civil por las que «el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo» levantaría polémica. Pero nadie esperaba que las primeras reacciones fueran tan rápidas y vinieran desde tan alto: nada menos que desde el cardenal presidente del Pontificio Consejo para la Familia del Vaticano. Ha dicho ayer que los empleados encargados de celebrar las bodas entre homosexuales y todos los profesionales que tengan alguna relación con la aplicación de la ley se acojan a la objeción de conciencia y no celebren tales matrimonios. «No es facultativo» ha añadido. «Todos los cristianos deben estar dispuestos a pagar el precio más elevado, incluyendo la pérdida del empleo.»
El artículo 51 del Código Civil dice que será competente para autorizar el matrimonio el juez encargado del Registro Civil, el alcalde del municipio donde se celebre el matrimonio, el concejal en quien éste delegue reglamentariamente o el funcionario diplomático o consular encargado del Registro en el extranjero. Así que las reflexiones que hace el purpurado López Trujillo sobre la destrucción de la familia, la necesidad de una investigación profunda antes de llevar a cabo cambios legislativos y el concepto cristiano de la institución como un don recíproco total entre hombre y mujer son irreprochables. Incluso son legítimas, jurídicamente hablando, sus observaciones sobre si cualquier clase de unión puede denominarse familia. Como lo sería, moralmente, una propuesta para que las parejas de hecho fueran excomulgadas. Pero la exigencia de la objeción de conciencia, precisamente por ser «de conciencia» es facultativa. Y no parece justa la condena moral a los funcionarios cuando sus deberes laborales vienen establecidos por ley.
¿Se ha condenado alguna vez a los verdugos?


