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El Tribunal de la UE da un nuevo revés al Gobierno por las ilegales «vacaciones fiscales» vascas

MARIBEL NÚÑEZ. CORRESPONSALBRUSELAS. El Tribunal de Justicia de la UE condenó ayer de nuevo al Gobierno español por no haber recuperado las ayudas de las «vacaciones fiscales» vascas declaradas

Actualizado 21/09/2007 - 02:49:47
MARIBEL NÚÑEZ. CORRESPONSAL
BRUSELAS. El Tribunal de Justicia de la UE condenó ayer de nuevo al Gobierno español por no haber recuperado las ayudas de las «vacaciones fiscales» vascas declaradas ilegales por la Comisión Europea. Según el fallo, «España no ha presentado ningún documento que acredite la identidad de los beneficiarios de las ayudas, su cuantía y los procedimientos efectivamente incoados con el fin de recuperarlas».
Este caso se remonta a 1993, cuando las Diputaciones de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa establecieron la exención durante diez ejercicios fiscales del pago del Impuesto de Sociedades a favor de las empresas que se creasen entre la entrada en vigor de cada una de las Normas Forales y el 31 de diciembre de 1994, y que cumpliesen una serie de requisitos, como, por ejemplo, que tuvieran un capital mínimo de 20 millones de pesetas de entonces.
Después fue la Comisión Europea quien declaró en 2001 ilegales estas ayudas por ser incompatibles con el derecho comunitario, que estipula claramente que cualquier ayuda de Estado, directa o indirecta mediante beneficios fiscales, no es compatible con el mercado interior europeo.
El Gobierno español ha presentado en este tiempo varios recursos, primero contra la decisión de Bruselas de 2001 de declarar ilegales las ayudas y después contra la obligación de recuperar los mencionados beneficios, recursos que ha perdido uno detrás de otro.
Las tres Diputaciones vascas, por su parte, también han presentado varios recursos ante el Tribunal de Luxemburgo durante estos años. El último de ellos, en el que piden la mayor, es decir, que se anule la decisión de la Comisión Europea de 2001 por la que declara incompatibles con el derecho comunitario los mencionados beneficios fiscales, está aún pendiente de resolución en el Tribunal de la UE.
El fallo reconoce por el contrario que España ha cumplido con su obligación de «garantizar la derogación de los regímenes de ayudas y la suspensión de los derechos de exención fiscal a los que aún no se hubiera dado curso».
Carácter de advertencia
La condena de ayer se limita a constatar que España ha incumplido la obligación impuesta por la Comisión Europea de recuperar las ayudas fiscales consideradas ilegales y a que, en calidad de perdedora, pague las costas del juicio. Sin embargo, a partir de ahora, y si se produjera una nueva sentencia condenatoria contra España por el mismo asunto, que sería la segunda, el Tribunal comunitario podría decidir imponer al Gobierno una multa multimillonaria.
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