El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Juan del Olmo, acordó ayer el secuestro de la revista «El Jueves» al considerar que la caricatura que reproduce esta semana en su portada -en la que se ve a los Príncipes de Asturias en actitud íntima comentando la ayuda de 2.500 euros por hijo a la que Zapatero se ha comprometido - extralimita el derecho fundamental a la libertad de expresión y «afecta al honor y al núcleo íntimo de la dignidad de las personas que en la misma se ven representadas». Pese a ser el derecho al honor e intimidad un «principio esencial de respeto a la dignidad personal que todo ciudadano ostenta», se da la circunstancia de que en este caso el Código Penal prevé la protección, entre otros miembros de la Corona, del Príncipe Heredero, tanto en el ejercicio de sus funciones (...) como fuera de ese ejercicio» cuando sea objeto de injurias o en la utilización de su imagen «de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona». Es precisamente la condición de miembros de la Familia Real lo que justifica la competencia de la Audiencia Nacional para investigar los hechos y adoptar, por tanto, una medida cautelar como la acordada ayer por Del Olmo a instancias de la Fiscalía, que horas antes interpuso la denuncia ante el juez de guardia.
Junto con el secuestro de los ejemplares correspondientes a la semana 18-24 de julio de la revista «El Jueves», así como el molde de la publicación, el juez libra oficio a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las Comunidades Autónomas para que procedan a retirar de los puntos de distribución y/o venta todos los ejemplares de dicha publicación, y ordena al director de la revista que «indique el autor o autores» de la caricatura.
En el auto, de cuatro folios, el juez argumenta la proporcionalidad de la medida adoptada en contraposición al derecho a la libertad de expresión. «Se trataría de una caricatura que afecta al honor y dignidad (de Don Felipe y Doña Letizia) y que resulta innecesaria y desproporcionada para la formación de la opinión pública». Que el medio comisivo de los supuestos delitos sea la imprenta no es una cuestión menor a efectos de la «repercusión que la utilización de dicho medio tiene».
Una medida proporcionada
En este sentido, subraya que, según la doctrina constitucional sobre el principio de proporcionalidad, el secuestro de una publicación está justificado para proteger a los perjudicados e impedir que continúen los efectos del delito (intromisión en el derecho al honor e intimidad). Además, con esta medida se consigue el objetivo propuesto (cesar en tal intromisión y en el daño al prestigio de la Corona), pues no hay otra más moderada para la consecución de tal propósito. Añade que de esta medida «se derivan más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto (derecho a la información, en este caso)».
«El derecho fundamental a la libertad de expresión es inexcusable en una comunidad libre que garantiza los derechos fundamentales atendiendo a un principio esencial de respeto a la dignidad personal que todo ciudadano ostenta, cualquiera que sea su condición personal, profesional o de otra índole», dice el juez. Ahora bien, «quien extralimita el ejercicio de un derecho fundamental (...) no puede verse amparado legalmente en el mismo para evitar las consecuencias de sus actos, como sería el caso, por lo que procede autorizar el secuestro de la publicación».
La dirección de la revista reconoció que la portada «era comprometida» y que no era «descabellado pensar que pudiera pasar esto», aunque se mostró «sorprendida».



