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La adopción por la pareja de lesbianas se mantendrá aunque el TC anule la ley

El fiscal del caso alega que considera de plena vigencia la ley foral navarra de parejas de hecho. En su opinión, el auto está «muy motivado, justificado y es extenso»

Actualizado 18/02/2004 - 08:11:00
El caso navarro sienta un precedente histórico para los homosexuales. REUTERS
El caso navarro sienta un precedente histórico para los homosexuales. REUTERS
La decisión del Juzgado de Familia de Pamplona de conceder la adopción de dos niñas gemelas a la compañera sentimental de la madre biológica ha calado hondo en la sociedad española. El intenso debate que se ha despertado entre detractores y partidarios no hace más que descubrir nuevos matices en una polémica cuyas implicaciones sobrepasan el ámbito jurídico y alcanzan la esfera social, ideológica y moral de cada persona.
Si hay una conclusión que ayer quedó clara es que esta decisión sienta un precedente único en nuestro país cuyos efectos legales -aún por conocer- suponen un gran reto para los juristas. Desde luego, el auto significa un hito para los colectivos de gays y lesbianas españoles, pero también ha sembrado toda una serie de dudas por resolver en el futuro. Para empezar, se basa en la ley foral de Navarra de igualdad jurídica de las parejas estables, que si bien reconoce el derecho a la adopción por parte de las parejas homosexuales, está pendiente de un recurso interpuesto ante el Tribunal Constitucional por 80 diputados del Partido Popular y 3 de Unión del Pueblo Navarro (UPN).
No se solicitó la suspensión
En ese recurso «no se acordó la suspensión de la norma autonómica, porque las partes no lo solicitaron», señala Amelia Salanueva, portavoz parlamentaria de UPN. Por tanto, la ley navarra continúa vigente y los jueces pueden aplicarla.
El recurso de inconstitucionalidad constituyó ayer la clave de todo este vivo debate. Sólo por el hecho de estar planteado, «lo más aconsejable» hubiera sido esperar antes de aplicar la norma en un caso de adopción, explicó el vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), José Luis Requero.
En el caso de que el Alto Tribunal declare inconstitucional la legislación autonómica, se plantea una gran incógnita: ¿tendrá o no validez el auto de adopción que acaba de dictarse en Pamplona? Para Requero la respuesta es clara: «Será una situación anómala», ya que la adopción seguirá vigente y no podrá anularse pese a estar fundada en una norma inconstitucional.
Varios son los argumentos y expertos jurídicos que apoyan esta tesis. «Como principio la adopción es irrevocable, según el artículo 180 del Código Civil. Sólo puede ser modificada cuando en el expediente de adopción no interviene el padre o la madre biológicos», apunta José Luis González Armengol, juez decano de Madrid.
Además, una hipotética sentencia de inconstitucionalidad sobre la totalidad de la ley navarra o alguna de sus disposiciones «no permitiría una revisión de sentencias anteriores, de acuerdo con el artículo 40 de la ley orgánica 2/79 del Tribunal Constitucional. Sólo se pueden revisar procedimientos penales o contencioso administrativos que conlleven efectos sancionadores», explica Armengol.
La misma opinión mantiene Javier Nanclares, profesor de Derecho Civil de la Universidad de Navarra, para quien «la regla general es que las situaciones consolidadas y ya producidas no se revoquen por un principio de seguridad jurídica, a pesar de que estén fundamentadas en una norma declarada inconstitucional». En este caso, el auto de adopción del Juzgado de Familia de Pamplona es firme, ya que se emitió el pasado 22 de enero y el fiscal debería haber planteado el recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación.
Otra de las matizaciones que aporta al debate Nanclares consiste en señalar que el Juzgado de Familia de Pamplona no emitió un auto de adopción conjunta de una pareja homosexual, sino que reconoció la adopción individual de las gemelas a la compañera sentimental de la madre biológica. «El juez ha interpretado la ley navarra, ya que a los legisladores -dice- se les escapó en la letra del texto contemplar los supuestos de adopción individual. Ello obliga a remitirse al Código Civil, que no permite que una mujer adopte los hijos de otra».
«Un auto motivado y justificado»
El fiscal del caso, Ángel Santiago Ruiz, se convirtió ayer en otro de los protagonistas de la jornada. Entre quienes mostraron sus reparos a la decisión judicial, sorprendió el hecho de que no recurriera el auto en el plazo señalado por la ley. Pero Santiago Ruiz se defiende alegando que considera de plena vigencia la ley foral de parejas de hecho navarra. Es más, en su opinión, el auto está «muy motivado, justificado y es extenso» y estima que en el caso de pedir responsabilidades, éstas deberán solicitarse al legislador. El fiscal recordó que sí se opuso a la demanda de adopción, al considerar que no era prudente aplicar una normativa que había sido recurrida ante el Tribunal Constitucional.
Otra de las claves que se discuten es conocer si el auto de adopción servirá a otros tribunales para crear jurisprudencia o será «una pauta de actuación en procedimientos similares» como mantiene el juez decano de Madrid. Un aspecto que también abordó el portavoz del CGPJ, Enrique López. «Estas sentencias tienen efectos generales para todos los casos y para todos los supuestos y en su momento veremos qué es lo que decide el Constitucional y cuáles serán las consecuencias que traiga esta decisión», señaló.
El debate está abierto. Sólo cabe esperar que las decisiones que se adopten a partir de ahora sirvan para proteger un principio supremo: el interés del menor. Porque como explicó Pedro Morgades, defensor del Menor en la Comunidad de Madrid, «la adopción no es el derecho de los padres a tener hijos, sino el derecho del niño a tener una familia estable».
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