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Usar teléfonos móviles en las aulas podrá ser sancionado hasta con seis días de expulsión

Grabar y difundir imágenes de una paliza en un centro escolar podrá ser sancionado con la expulsión o el cambio de centro. Hablar reiteradamente por móvil, durante una clase, o jugar con una consola

Actualizado 16/02/2007 - 09:51:51
Grabar y difundir imágenes de una paliza en un centro escolar podrá ser sancionado con la expulsión o el cambio de centro. Hablar reiteradamente por móvil, durante una clase, o jugar con una consola, podrá sancionarse hasta con seis días de expulsión. Estos son algunos de los elementos que figuran en el borrador de una normativa de convivencia que el Gobierno regional remitirá al Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid. También incluye, como castigos, trabajos extraescolares.
La norma, que tendrá rango de decreto, pretende, según el vicepresidente primero del Ejecutivo autonómico, Ignacio González, «fomentar el respeto y la convivencia en las aulas, reforzando la autoridad a profesores y directores, así como atajar la creciente indisciplina en los colegios».
Junto a la norma, que será aprobada antes de comenzar el próximo curso escolar, cada centro escolar deberá elaborar su propio plan de convivencia, que incluya las normas de comportamiento que los alumnos deben respetar obligatoriamente. Las infracciones de las normas de conducta, mientras no concurran circunstancias agravantes, se considerarán faltas leves y podrán ser sancionadas de forma inmediata por cualquier profesor del centro.
Por ejemplo, con la normativa en la mano, los centros escolares no permitirán en las aulas la utilización de teléfonos móviles y aparatos electrónicos (mp3 o videoconsolas portátiles, entre otros). Este tipo de faltas se considerarán como leves. Sin embargo, su reiteración podría conllevar sanciones como la de realizar trabajos después de clase o la suspensión del derecho de asistencia al colegio por un plazo máximo de seis días.
Daños e indisciplina, igual pena
Sanciones similares, hasta la expulsión durante un máximo de seis días, podrán ser tomadas por la dirección de los centros educativos si se producen actos graves de indisciplina, reiteradas faltas de asistencia a clase sin justificación o causar daños en las instalaciones del centro educativo. Las faltas más graves deberán ser probadas a través de la redacción de un expediente informativo y podrán suponer, según la intensidad de la falta, la suspensión del derecho a la asistencia a clase, pasando por el cambio de centro o la expulsión.
Expulsión y cambio de centro
Por ejemplo, la expulsión o cambio de centro se prevén para las faltas que lesionan los derechos inherentes de las personas, tanto la integridad física como las que atentan a la dignidad, como el acoso y las humillaciones dirigidas contra los miembros de la comunidad educativa, ya sean profesores, personal del centro o compañeros. También están contemplados en este apartado los daños graves causados a las instalaciones, materiales o documentos del centro, así como la grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o conductas contrarias a las normas de convivencias. Se intentan impedir de esta forma que, por ejemplo, agresiones físicas a profesores sean grabadas con teléfonos móviles y difundidas por internet.
EPA
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