domingo, 21 de marzo de 2010
Valoración:
DOMINGO PÉREZMADRID. Este jueves se aprobará en el Congreso el dictamen de la Comisión de Igualdad relativo al Proyecto de Ley Orgánica de «salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria
14-12-2009 04:44:23
Este jueves se aprobará en el Congreso el dictamen de la Comisión de Igualdad relativo al Proyecto de Ley Orgánica de «salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo». Es el paso previo a que la discusión del Proyecto se traslade al Senado y una zancada bastante amplia hacia la que ya parece inexorable legalización (allá por marzo o abril) de la ampliación del aborto e implantación en España del aborto libre hasta la semana 14 de gestación.
La reforma, encabezada y liderada por la ministra de Igualdad, Bibiana Aído, no ha conseguido ni mucho menos el respaldo jurídico mínimo exigible para una cuestión tan polémica: se pronunció en contra el Consejo Fiscal, que denunció su inconstitucionalidad. El Consejo del Poder Judicial fue incapaz de acordar un informe sobre la cuestión, y el Consejo de Estado, aunque otorgó una relativa luz verde al proyecto, aconsejó reformas y ajustes en 21 de sus 23 artículos y en tres de sus seis disposiciones.
Resulta pues muy oportuno, el «Análisis Jurídico del Proyecto de la ley del aborto» que este martes se presentará en el Foro de la Sociedad Civil. Un trabajo, al que ha tenido acceso ABC, realizado por Rafael Navarro-Valls, catedrático y académico numerario, además de secretario general de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Una autoridad en la materia que en su estudio advierte de la clara inconstitucionalidad de la reforma. En la presentación de su informe, el profesor señala que el proyecto «adolece de graves deficiencias técnicas, lo que le impide lograr sus objetivos».
No hay «derecho al aborto»
«Si el primero de ellos -dice- es "adecuar nuestro marco normativo al consenso de la comunidad internacional en esta materia" -como se asegura en la Exposición de Motivos-, no hallamos un solo Tratado internacional suscrito por España en que se contemple el "derecho al aborto", sino más bien todo lo contrario: proclaman el derecho de todos a la vida, la protección de la infancia desde la concepción y la especial ayuda a las personas con discapacidad, no su eliminación».
Navarro-Valls denuncia asimismo que «las deficiencias técnicas del texto son de tal magnitud que hacen de él un preocupante foco de inseguridad jurídica para sus destinatarios» y hace hincapié en que la ley se aleja de la doctrina del Constitucional.
Y concluye señalando que «estamos ante un Proyecto que a sus graves carencias jurídicas añade una preocupante falta de respaldo popular, abriendo una brecha insalvable entre la clase política que lo promueve y la sociedad que lo rechaza, lo que resulta de todo punto de vista inadmisible en una democracia».
Pasa luego el jurista a desmenuzar el Proyecto punto por punto en un análisis brillante y exhaustivo que finaliza con ocho conclusiones que desenmascaran las lagunas jurídicas creadas por un Gobierno que, en sus prisas por sacar adelante la ampliación del aborto, ha hecho oído sordos a las recomendaciones de las instancias consultivas.
Respecto al sistema de plazos establecido, el mismo «no es no es acorde con la Constitución», según señala el catedrático. »Supone el abandono por parte del Estado del deber básico de establecer un sistema legal que suponga una protección efectiva del concebido y no nacido».
En la misma línea, determina que el aborto que «se configura en el Proyecto no puede calificarse de derecho subjetivo de la mujer ni en el marco internacional ni en la esfera del derecho español».
Añade más «peros» a la «reforma Aído», como que «la posibilidad de que las menores de edad puedan tener acceso al aborto sin conocimiento o consentimiento de sus padres es jurídicamente objetable, entre otras cosas, porque en el aborto a petición de la embarazada no cabe hablar con propiedad de «paciente» en el sentido legal del concepto, ni tampoco de prestación sanitaria ni, por extensión, de consentimiento informado».
Inseguridad jurídica
Descubre,además, el catedrático «construcciones normativas de técnica deficiente, incompatibles con la seguridad y la certeza jurídicas». Entre otras considera reseñable «el empleo indiscriminado -falto de precisión-que se hace de los vocablos «derechos» y «libertades», calificándolos en muchos casos de fundamentales, como si se tratase de los que, con este carácter, reconoce nuestra Constitución. Por ejemplo, el artículo 1 se refiere «a los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y reproductiva», sin especificar qué derechos fundamentales son estos ni cuál es su contenido».

Enviar a:

¿qué es esto?



Ir a la edición seleccionada
Vocento Aviso Legal   Alianza Europea de Diarios