En Portugal, los beneficiarios de la Seguridad Social tienen como formas de copago las tasas moderadoras por consulta, tratamientos y exámenes médicos complementarios de diagnóstico. Desde 1985, el Estado luso estableció unos precios que deben ser abonados por los usuarios cada vez que acuden a los centros de salud y hospitales. Tasas que oscilan desde 25 céntimos por un tratamiento de medicina física y rehabilitación hasta los casi 50 euros que se pagan por una resonancia magnética o una ultra-sonografía vascular con doppler. Una consulta al médico de familia cuesta euro y medio en los centros de salud convencionales, dos en los servicios de urgencias, cinco cuando se acude al servicio de Urgencias hospitalarios y tres si el personal sanitario debe acudir al domicilio del enfermo. En el caso de tener que acudir al especialista, los costes para el ciudadano aumentan porque servicios como las ecografías (3,24 euros) o las endoscopias (4,49 euros) también son pagados por ellos mismos. Están exentos de pagar las mujeres embarazadas, los niños hasta los 12 años y personas como pensionistas, desempleados y enfermos crónicos...
En cuanto a medicamentos, hay una tabla de coparticipación del Estado. Este régimen se aplica sólo a los fármacos para los que existe por los menos una alternativa de medicamento genérico comercializado. El sistema instituye un valor máximo de coparticipación que se corresponde al del genérico más caro y que oscila entre el 20 y 100 por cien. En total son cuatro los escalones de coparticipación: 20, 40, 70 y 100 por c iento, y los usuarios con régimen especial pueden aumentarlo en un 15 por ciento.



