
AuB celebró ayer una asamblea nacional en San Sebastián en la que anunció que en cualquier caso habrá votos para ellos. EFE
MADRID. La Sala especial del Tribunal Supremo que declaró el pasado 27 de marzo la ilegalidad de HB, EH y Batasuna anuló ayer, por unanimidad, 241 candidaturas del País Vasco y de Navarra que pretendían concurrir a los comicios del 25 de mayo al estimar acreditado que se trata de listas herederas de las formaciones ya disueltas.
En dos resoluciones que la llamada «Sala del 61» dictó anoche en un tiempo récord de poco más de 48 horas, el Tribunal Supremo considera que las listas anuladas pretendían dar «continuidad operativa» al proyecto puesto en marcha por la banda ETA para permanecer en las instituciones democráticas al servicio del terrorismo.
De esta forma, el Tribunal Supremo pone de manifiesto que estas 241 listas ya anuladas han vulnerado la nueva previsión de la Ley del Régimen Electoral General, modificada a través de la Ley de Partidos Políticos. Según esta previsión, «no podrán presentar candidaturas las agrupaciones de electores que, de hecho, vengan a continuar o suceder la actividad de un partido político declarado judicialmente ilegal y disuelto, o suspendido».
Pruebas suficientes
El Tribunal ha encontrado sólidas y suficientes pruebas de que la mayor parte de las 249 candidaturas de la Plataforma para la Autodeterminación (AuB) o «independientes» impugnadas por la Abogacía del Estado y de las 243 recurridas por la Fiscalía General coinciden sustancialmente en sus estructuras, organización y funcionamiento con los de las formaciones disueltas. Es decir, constituyen la herencia de Batasuna para tratar de burlar la Ley de Partidos.
Sólo ocho de las casi 250 candidaturas impugnadas sí podrán concurrir a las urnas al desestimar en Supremo la pretensión de los demandantes. Se trata de Iruñako Ezkerrak, en el municipio navarro de Iruña Oca; Soraluzeko Askatasun Haizeak (SHA), en Soraluzel Placencia; Aramako Herri Baztarra, en Arama; Olaberriko Talde, en Olaberría; Untzaillaitza Herri Plataforma, en Izurtza; Candidatura Popular-Herri Candidatura; la Agrupación Electoral Baztarramendi (AEB), en Ergoiena; y Goizueta Bizirik (GB), en Goizueta.
Tras esta decisión del alto Tribunal, los representantes legales de la listas anuladas disponen ahora de un plazo de dos días para recurrir ante el Tribunal Constitucional, que tendrá la última palabra sobre qué formaciones pueden concurrir finalmente a las urnas. El TC tendrá que pronunciarse antes del próximo día 9.
En sus dos sentencias, de 116 y 113 folios, el Supremo rechaza todas las alegaciones planteadas por AuB sobre la inconstitucionalidad de la reforma electoral, sobre la supuesta indefensión de que es víctima o sobre la premura de tiempo para recurrir, entre otras, y se apoya en detalladas investigaciones de la Guardia Civil y de la Policía para concluir que no se trata de un proceso «espontáneo» de afloración de listas, sino de una estrategia de ETA ante la importancia de acceder a los Ayuntamientos.
«Los documentos -señala una de las sentencias- reflejan su finalidad de poner en marcha una serie de «plataformas» como estrategia de respuesta, añadiendo que no se trata simplemente de sustituir a Batasuna (lo que vale a reconocer que esa función también se acepta), sino de dar una respuesta política a otras supuestas estrategias y decisiones «políticas»», en referencia a la propia sentencia de ilegalización. Basándose en otro documento intervenido al entorno etarra llamado «Elecciones municipales y Forales», la Sala comprueba cómo además «se concreta un calendario de actuaciones cuyo contenido abunda en la convicción de la existencia de una firme labor de dirección» para burlar la Ley de Partidos. Además, el Supremo ha comprobado la «puesta en funcionamiento de elementos dinamizadores para la recogida de firmas», una clara coordinación en la metodología para la formalización de candidaturas proetarras y «la presencia de anuncios públicos encaminados» a esta labor, lo que «priva de espontaneidad al proceso «por abajo»».
De otro lado, numerosas informaciones periodísticas -algunas de Gara- han llevado al Supremo a la convicción de que «existió de parte de la organización terrorista (...) una clara toma de posición sobre la relevancia de los comicios y con respecto a la necesidad de articular mecanismos de participación en ellos». «Se puso de manifiesto -añade- la conveniencia de articular una estrategia que tuviera por fin soslayar la ilegalización acordada en sentencia por este Tribunal».
Los representantes legales de AuB anunciaron que recurrirán ante el Tribunal Constitucional y, en caso de fallar contra sus intereses, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Tras conocer los fallos, el ministro de Justicia, José María Michavila, expresó la satisfacción del Gobierno «porque va a ser la primera vez que ETA no podrá utilizar las urnas para introducir un comando en la democracia. Es un paso necesario del Estado de Derecho para acabar con ETA, que se ha dado con justicia y con firmeza». Michavila agradeció también «el duro y completo trabajo hecho por los fiscales, la Abogacía del Estado y los magistrados en favor de la libertad».



