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Las eléctricas tendrán ocho horas para reponer la energía en caso de apagón

G. ZANZAMADRID. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid remitió ayer a la Asamblea de Madrid, por el procedimiento de urgencia, el proyecto de ley por el que se regula la garantía del

Actualizado 02/02/2007 - 10:54:52
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid remitió ayer a la Asamblea de Madrid, por el procedimiento de urgencia, el proyecto de ley por el que se regula la garantía del suministro eléctrico. El objetivo de esta norma elaborada por la Consejería de Economía, la primera en el ámbito autonómico, es complementar la ley básica del sector eléctrico aprobada por el Congreso en 1997. Tras su aprobación, la Comunidad prevé redactar un reglamento de aplicación.
El gran objetivo de la nueva norma es «regular los requisitos adicionales de garantía del suministro de energía eléctrica en la Comunidad como elemento esencial para el desarrollo económico y social». La Comunidad, según su vicepresidente primero, Ignacio González, fijará en ese reglamento un plazo máximo de ocho horas para reanudar, completamente, el suministro eléctrico en caso de interrupción. A su vez, en la mitad de tiempo, cuatro horas, el flujo energético tendrá que ser repuesto en el 70% del sector afectado. El proyecto de ley establece tres tipos de infracciones, según la gravedad del problema. Las multas oscilarán entre 60.000 y tres millones de euros para interrupciones prolongadas del suministro.
Ignacio González aseguró que la Comunidad no ha realizado una valoración económica de los costes que tendrán para las eléctricas la adaptación a este marco normativo, aunque afirmó que en principio existe un acuerdo con las compañías. Entre los elementos que deberán ampliar las empresas figura la obligación de que dispongan de equipos auxiliares de emergencia, tales como subestaciones y otros equipos móviles y grupos electrógenos para atender «incidencias excepcionales». También deberán entregar a la Administración un listado con los medios materiales y humanos disponibles en caso de contingencia, así como información detallada de los sistemas de protección contra el fuego de todas las subestaciones que formen parte de su red.
Más facilidades para construir
Las eléctricas tendrán con la norma más facilidades para construir nuevas estaciones debido a que la ley regional prevé autorizaciones bajo el precepto del interés general. Esta declaración, de concederse, acorta los plazos temporales de resolución de expedientes ante las administraciones regional y municipal.
Cobertura de todo el mercado
El proyecto normativo incluye una serie de criterios que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de diseñar tanto las redes de distribución como las propias subestaciones. Todos ellos estarán destinados a garantizar una adecuada cobertura de todo el mercado en condiciones excepcionales de explotación derivadas de puntas de demanda o de la existencia de una incidencia de importancia en la red, así como la rápida sustitución o refuerzo de una subestación por equipos auxiliares en caso de que se produzca ésta.
También prevé procedimientos concretos para detectar posibles problemas estructurales, presentes y futuros en la red de distribución; corregir dichos problemas acometiendo las inversiones necesarias; evitar en lo posible que se produzca una incidencia de tipo eléctrico; y, garantizar que las empresas distribuidoras cuenten con los medios materiales y humanos necesarios para afrontar las incidencias en un tiempo máximo adecuado. Las subestaciones deberán ser inspeccionadas anualmente por un organismo de control autorizado.
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