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Lío en el Registro Civil por los nombres vascos «unisex»

La Real Academia Vasca de la Lengua pide flexibilidad a la hora de inscribir a los pequeños

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Adrián Mateos

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La originalidad de algunos padres del País Vasco a la hora de inscribir a sus vástagos ha hecho temblar los cimientos del Registro Civil, cuya legislación exige asociar cada nombre a un género concreto . Una norma que no cumplen algunos nombres cada vez más usuales en el territorio, los cuales no pertenecen en exclusiva a hombres o mujeres. Mientras los y las Lur, Joar, Alaitz y Amets se promulgan, la Real Academia Vasca de Lengua (Euskaltzaindia) ha solicitado al Estado más flexibilidad ante este tipo de incidentes.

Según explicó la propia institución autonómica en un comunicado, el motivo de su decisión radica en que la actual legislación exige que cada nombre ha de estar asociado a un género concreto, bien masculino o bien femenino. Sin embargo, el nomenclátor vasco, el cual es revisado periódicamente por la Comisión de Onomástica , reúne sus propias características en cuanto a diferenciación de género, pues algunos de ellos pueden designar tanto al varón como a la fémina.

Se trata de nombres como Lur y Amets, que respectivamente significan tierra y sueño . En la actualidad, hay cerca de 550 personas que se llaman Lur, de los cuales más de 450 son mujeres. Por el contrario, la gran mayoría de los 1.300 individuos que se llaman Amets son hombres, según los datos que facilita el Instituto Nacional de Estadística (INE).

En este sentido, Euskaltzaindia considera que sería «conveniente» implantar un sistema «más transigente» en el alta de nombres de ascendencia vasca en el Registro Civil «con la finalidad de facilitar las inscripciones, adaptando las exigencias del Registro Civil a las nuevas realidades sociales ». De lo contrario, explica el presidente del organismo, Andrés Urrutia, se estarían aplicando al euskera «criterios propios de los idiomas románicos», algo que según la institución «carece de toda lógica».

Nueva legislación

Los problemas de esta naturaleza podrían resolverse a priori con la nueva Ley de Registro Civil , la cual establece que no podrán imponerse nombres que sean contrarios a la dignidad de la persona ni los que hagan confusa su identificación. Es decir, que no hace referencia a prohibición alguna sobre aquellas denominaciones que no ofrezcan información acerca del género.

Sin embargo, la citada Ley ha sufrido varias prórrogas, y todavía no parece claro cuándo entrará en vigor. De hecho, hace siete años que la nueva norma comenzó a gestarse, si bien la Comisión de Justicia del Congreso todavía no ha sido capaz de cerrar un acuerdo al respecto.

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