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¿Cómo le afectan las restricciones?: ABC responde a las preguntas de los lectores sobre Madrid Central

«Si voy a pasar unos días a Madrid y tengo plaza de garaje en el hotel, ¿puedo entrar con mi vehículo sin pegatina?»; «soy autónomo y realizo trabajos puntuales en Centro, ¿cómo me afecta?» son algunas de las cuestiones que resolvemos

Una mujer cruza por un paso de cebra que advierte de la entrada en la zona de Madrid Central GUILLERMO NAVARRO / Vídeo: Madrid Central se iniciará el 30 de noviembre
Marta R. Domingo

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Cada día que pasa y se acerca la entrada en vigor de Madrid Central , surgen más preguntas entre los madrileños y visitantes sobre este área de bajas emisiones que impondrá restricciones al tráfico en la capital según el tipo de coche que se conduzca. ABC ha recopilado las preguntas de los lectores para responder a sus principales dudas.

–Si voy a pasar unos días a Madrid y tengo plaza de garaje en el hotel, ¿puedo entrar a Madrid con mi vehículo sin pegatina? Elías, vecino de Oviedo.

Cada establecimiento dispone de 10 autorizaciones al mes de un día de duración, siempre y cuando las gestionen a través de una Asociación representante de establecimientos de hostelería a la que estuviera adherido el hotel. La Asociación gestionará hasta 10 permisos de acceso al mes por cada asociado ubicado en Madrid Central. Dichas autorizaciones habilitan el acceso durante un día. Los vehículos clasificación A , es decir, los que carecen de etiquetas (son los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas antes de enero del año 2000 y de diésel antes de enero de 2006) podrán acceder con estas autorizaciones hasta el 31 de diciembre de 2019.

–Tengo un coche con etiqueta B. ¿Lo podré aparcar en mi barrio? ¿Podré desplazarme por mi distrito? ¿Podré entrar al centro? ¿Qué pasa si quiero ir al mercado de la Cebada y el parking está lleno? Jaime García, vecino de Puerta del Ángel.

El área de de Madrid Central ocupa casi todo el distrito Centro (la circunvalación de las rondas, los bulevares y el eje Prado-Recoletos), por lo que a su barrio no le afectan las restricciones al tráfico. Podrá acceder al centro ya que tiene etiqueta B siempre que se dirija a un aparcamiento público de rotación. A partir de enero, habrá un sistema de pantallas en todo el perímetro de Madrid Central que informará de los aparcamientos más cercanos y la disponibilidad de plazas.

–Si un día quiero ir al centro y utilizar puntualmente un aparcamiento público ¿puedo acceder a Madrid Central? ¿Qué sucede si me lo encuentro abarrotado y debo retirarme? ¿Me multarán por haber intentado aparcar? ¿Cómo acredito que he querido entrar en un parking público y que no he podido hacerlo porque se encontraba lleno? Anselmo Ferández

Si tiene un vehículo con etiqueta ambiental B o C podrá acceder al área siempre que acuda a un aparcamiento público de rotación. A partir de enero, habrá un sistema de pantallas en todo el perímetro de Madrid Central que informará de los aparcamientos más cercanos y la disponibilidad de plazas. En cuanto acceda al área las cámaras identificarán su matrícula y cruzarán los datos con los del aparcamiento en el que finalmente haya entrado. El sistema será automático y estará en fase de pruebas hasta febrero. Durante este tiempo no le llegarán multas, sólo cartas informativas.

–Las personas que tienen un comercio en uno de los barrios de Madrid Central, pero sus coches tiene distintivo B o C, ¿deben alquilar una plaza de garaje privada para poder aparcar o el Ayuntamiento facilita algún tipo de recurso público? Sara Montero

Es una opción. Los propietarios de plaza de garaje particular ubicada en Madrid Central tendrán permiso para acceder a Madrid Central con un vehículo. Para ello deberán acreditar que la plaza es de su propiedad. Podrán solicitar permiso de acceso para un vehículo y, si precisan acceder con otro vehículo, podrán hacer un cambio de matrícula al día.

En caso de que dispongan de la plaza de garaje en arrendamiento, como se indica en el párrafo anterior, será el propietario el que deba darse de alta y este deberá facilitar la matrícula de su vehículo.

Además también tienen accesos las personas con plaza en cualquier aparcamiento de uso público de Madrid Central así como aquellas personas que tengan abono en los aparcamientos gestionados por EMT. A partir del año 2020 no se permitirá el acceso con este régimen a los vehículos sin etiqueta.

¿Tienen otras opciones?

También dispondrán de 10 invitaciones puntuales al mes para permitir el acceso de vehículos. Las asociaciones representativas de comercios, restauración y hostelería cuyos establecimientos se encuentre ubicados en Madrid Central podrán gestionar los permisos de acceso que correspondan a los miembros de la asociación, los cuales han de tener establecimiento de comercio, restauración u hostelería en el interior de Madrid Central debiendo solicitar el alta en la Oficina Especializada de Atención a la Ciudadanía de Madrid Central, en la calle de Bustamante, 16.

También podrán acceder si se dan de alta como vehículo del colectivo «comerciales e industriales» del SER, en las condiciones que se recogen en el siguiente enlace.

–Tengo un pequeño negocio en la calle Conde Duque, 1. Tenemos un turismo matriculado a nombre de la empresa, no es una furgoneta ni un camión. ¿Que debemos hacer para poder circular? Este vehículo tiene una plaza en un garaje particular en Conde Duque, 6. Iñigo Rodriguez Aizcorbe

Podrán acceder siempre y cuando tenga etiqueta ambiental de la DGT. No obstante, si la etiqueta es B o C deberá aparcar en un parking o plaza de garaje para poder acceder. Si la etiqueta es ECO o CERO no tendrá ningún problema para circular. Si el turismo dispone de etiqueta ambiental, también podrán acceder si se da de alta como vehículo del colectivo «comerciales e industriales» del SER, en las condiciones que se recogen en el siguiente enlace .

Asimismo, las Asociaciones representativas de comercios, restauración y hostelería cuyos establecimientos se encuentre ubicados en Madrid Central podrán gestionar los permisos de acceso que correspondan a los miembros de la asociación, los cuales han de tener establecimiento de comercio, restauración u hostelería en el interior de MC debiendo solicitar el alta en la Oficina Especializada de Atención a la Ciudadanía de Madrid Central. Por otro lado los vehículos turismo de autoescuelas o de talleres de reparación de vehículos, concesionarios de vehículos, etcétera, ubicados en Madrid Central, tienen un tratamiento especial.

–¿Los coches híbridos enchufables pueden acceder sin problema? Juan Carlos Martínez

Sí, al tratarse de un vehículo al que le corresponde la etiqueta Cero emisiones podrán circular y estacionar en el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) sin restricción horaria.

–¿Se puede circular libremente por las calles que delimitan el perímetro de Madrid Central? Juan Carlos Aliseda

Sí, estará permitida la libre circulación de vehículos en todas las calles que componen el perímetro que delimita el área. También están exceptuados los tramos: calle de la Santa Cruz de Marcenado (desde la calle de Serrano Jover a la calle de Mártires de Alcalá), calle de Mártires de Alcalá (desde la calle de la Santa Cruz de Marcenado a la calle de Alberto Aguilera), la avenida Gran Vía de San Francisco, la calle de Bailén, calle de Algeciras, la cuesta de Ramón, la calle de Ventura Rodríguez (desde la calle de la Princesa hasta la calle del Duque de Liria) y la calle del Duque de Liria (desde la calle de Ventura Rodríguez a la calle de Princesa).

–Somos un grupo de 15 funcionarios de la Tesorería General de Seguridad Social, tenemos el parking propiedad de la Tesorería dentro del APR, y queremos seguir aparcando en él como llevamos haciendo varios años. Nos gustaría saber si el Ayuntamiento tiene la obligación de autorizarnos y como tenemos que pedir la autorización. Juan Carlos Gallego

Podrán acceder todos los vehículos con etiqueta ambiental que aparquen en un parking ya sea de uso público o privado o reserva de estacionamiento no dotacional. Las autorizaciones las gestionan los propios aparcamientos. Para gestionar los accesos, en entorno de pruebas de Madrid Central, al parking ubicado en el interior de Madrid Central deberán remitirnos una ficha informativa a la siguiente dirección de correo electrónico (ctrlaccesosaparc@madrid.es). En la respuesta les facilitaremos un nombre de usuario y una contraseña con los que podrá trabajar de forma provisional. Una vez en funcionamiento Madrid Central podrán solicitar el alta en «entorno de producción», debiendo para ello aportar la documentación que se indica en el Acuerdo de Junta de Gobierno por el que se desarrolla el régimen de gestión y funcionamiento de Madrid Central.

–¿La Cuesta de la Vega se incluye en Madrid Central como se dijo inicialmente o la han excluido? Agustín Cao

Estará permitida la libre circulación de vehículos en todas las calles que componen el perímetro que delimita el Área, entre las que se encuentra la Cuesta de la Vega.

–Soy residente en Madrid Central. Tengo coche que estaciono en mi plaza de garaje también en Madrid Central . ¿Tengo que hacer algún tramite para que no me multen cuando entre en vigor? Ricardo Andecochea

Los vehículos de las personas empadronadas podrán circular libremente por el interior de Madrid Central sin limitaciones hasta 2024. A partir de esa fecha sólo podrán hacerlo si se trata de vehículos «históricos». Y si cambia de coche antes de esa fecha, deberá hacerlo por otro con etiqueta ambiental. Además, podrán aparcar en las zonas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) en su barrio y fuera de su barrio en las plazas verdes del SER previo pago. Los residentes no tendrán que hacer ninguna gestión ya que de forma automática las matrículas de los coches de los empadronados en el distrito de Centro pasarán a ser dadas de alta.

–Soy trabajador autónomo y realizo trabajos puntuales y esporádicos en Madrid Central. Necesito pasar a llevar herramientas y materiales con mi furgoneta, a la que no le corresponde ninguna pegatina al ser más antigua. ¿En que me afecta? Luis Carlos Galiano

Para entrar en Madrid Central como autónomo con un vehículo industrial ligero sin distintivo ambiental deberás darte de alta telemáticamente en el sistema de control de MC a través de los servicios que dispondrá para ello el Ayuntamiento que son «Mi Carpeta» o sede electrónica del Ayuntamiento ( madrid.es ).

Deberás indicar el epígrafe del IAE en el que te encuentres dado de alta y adjuntar copia de la tarjeta de transporte si tu actividad requiere disponer de ella. Una vez dado de alta podrás gestionar los permisos de acceso de tu vehículo, con los que podrás acceder de 7 a 13 horas y permanecer el tiempo necesario para realizar el trabajo. No obstante, dado que se trata de un vehículo industrial ligero sin distintivo ambiental podrán acceder hasta el 31 de diciembre de 2019. A partir de esa fecha no podrá acceder con un vehículo sin distintivo ambiental.

–¿Cuál es el importe de las multas que me pueden poner? José María Lucas

Las multas por entrar sin permiso a Madrid Central ascienden a 90 euros, 45 euros si se pagan en un plazo de 20 días naturales.

¿Cuándo empezarán a multar?

Es algo que no ha concretado el Ayuntamiento. Desde el 30 de noviembre hasta el 9 de enero el acceso estará vigilado por agentes de Movilidad y policías municipales. A partir de enero, comenzará el periodo de pruebas del sistema telemático que escaneará las matrículas. En caso de incurrir en una infracción, durante dos meses, es decir, hasta marzo, sólo le llegarán cartas informativas, sin sanción. Si todo va según lo previsto, cuando finalice el periodo de pruebas, comenzarán a llegar las multas reales.

¿Se podrá circular sin las pegatinas?

Los empadronados en el distrito de Centro podrán circular con su coche sin limitaciones hasta 2025. A partir de esa fecha, sólo podrán circular los que posean etiquetas. En el caso de estar empadronado fuera del distrito, necesitará tener etiquetas en su vehículo para poder acceder al área: si su coche es Cero, podrá circular y aparcar en el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) sin restricciones; si es Eco, podrá circular y estacionar en el SER un máximo de 2 horas; si tiene etiqueta B o C, podrá acceder sólo para aparcar en un aparcamiento público o garaje privado.

Y en caso de no tenerlas y necesitarlas, ¿dónde podría adquirirlas?

En una oficina de Correos. Necesitará presentar el permiso original de circulación del vehículo y el DNI. El coste es de 5 euros y se lo dan en el momento. En este enlace puede comprobar introduciendo su matrícula, qué etiqueta le corresponde a su vehículo.

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