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Entrevista

«La única solución definitiva contra la corrupción es la interiorización de la ética por parte de todos los políticos»

El experto en Administración electrónica Víctor Almonacid defiende la intención nueva Ley de Contratos del Sector Público pero critica que «se podrá seguir burlando»

Víctor Almonacid ABC

ABC

Víctor Almonacid (Valencia, 1973) está considerado actualmente como uno de los referentes, a nivel nacional, en la moderna gestión pública, algo que avalan varios galardones, individuales y colectivos, a la innovación pública. En un momento interesante -inicio de legislatura en el Estado, inminente aprobación de una ley de contratos que «promete» acabar con la corrupción, transición de la burocracia a la tramitación electrónica...-, reflexiona acerca de estos asuntos de actualidad y sobre sus proyectos inmediatos.

¿La Administración ya es electrónica con el 2016 finalizado?

Lo que yo he visto allí donde he ido es que la Administración aún no es electrónica, pero sin duda lo será, no únicamente porque lo dice la ley sino porque lo exige la sociedad. Los responsables públicos ya han empatizado con esta realidad. Ahora «sólo» queda gestionar el cambio, tarea compleja pero tan necesaria o más que la tecnología o la propia norma.

A finales de marzo se incopora al Consell Insular de Ibiza, en comisión de servicios, donde asumirá la responsabilidad de dirigir el proyecto de implantación de la administración electrónica, y también el de

Pues es el equivalente al famoso Smart City, pero creo que más naturalizado porque una isla es el entorno ideal. Estamos en una nueva etapa del servicio público, no sólo más tecnológico, sino también más eficiente, más sostenible, más social, más medioambiental... Se añade, por ser esta isla, el llamado «turismo inteligente» y un mayor desarollo del sector económico y del tejido empresarial local (pensamos más en PYMEs y emprendedores que en multinacionales). Todo pivota en torno a los grandes datos y los datos abiertos, que son consumidos por los distintos agentes públicos, empezando por la propia administración. Este tipo de políticas públicas debe ser supramunicipal, y en una isla mejor incluso que en una provincia. La isla es un territorio diferenciado por la Naturaleza, no por una decisión política o administrativa. Es el ámbito territorial idóneo para desarrollar una estrategia de gestión.

¿Cuáles son las diferencias con el proyecto

El ligeramente distinto. Smart City supone en esencia mejorar los servicios públicos que presta un Ayuntamiento. Pero cuando hablamos de isla hablamos de un territorio que abarca varios municipios. Y aunque se trata de un proyecto del Consell insular, de ámbito supramuncipal, en su gestión obviamente deberán involucrarse todos los municipios de la isla. Smart Island supone homogeneizar todos los servicios públicos municipales dentro de su ámbito, optimizando y compartiendo recursos, por supuesto sin perjuicio de su autonomía local. Será difícil porque a veces a los políticos de distintos colores les cuesta colaborar, pero el servicio público debe estar por encima de estas pequeñas diferencias. El proyecto Smart Island supone la adopción de un "modelo de isla".

En España está a punto de ver la luz la nueva Ley de Contratos del Sector Público, de la que dicen que puede ser la que ponga en jaque a la corrupción. ¿Qué opinión le merece esta norma?

El gran objetivo de esta Ley es acabar con la corrupción en la contratación pública española. La intención es loable, pero visto el Proyecto en tramitación soy escéptico al tiempo que valoro positivamente la introducción de algunas medidas. La Ley procura aumentar la concurrencia, especialmente la de las PYMEs. Sin duda es bueno que no siempre toquen el dinero público los mismos. ¿Cómo lo llevarán a la práctica los órganos de contratación? No lo sé. Se acentúan los principios de publicidad y transparencia, dentro del llamado “buen gobierno” y lucha contra la corrupción, procurando la profesionalización de la gestión contractual pública, antaño muy politizada. Se busca, por tanto, la gobernanza de lo público a través de una buena administración de la actividad contractual, profesional, legal, con rendición de cuentas y restricción del ejercicio de las prerrogativas. En la misma línea, aumentan el control y las garantías sobre esa legalidad y transparencia, con especial atención a las prohibiciones de contratar y las modificaciones de contratos, el ámbito subjetivo de la Ley (ampliado), la generalización del nuevo procedimiento abierto simplificado (que sustituye en la práctica al negociado sin publicidad), los criterios de adjudicación relacionados con el coste-eficacia y la calidad-precio, la necesidad de negociar en el procedimiento negociado, el control de la morosidad, la consolidación de los recursos y tribunales administrativos especiales en materia de contratación, y otras medidas antifraude y anticorrupción sobre los órganos de contratación, especialmente en relación a los órganos de supervisión.

Vemos que la teoría no está nada mal. Adjudicaciones no objetivas, fraccionamientos ilegales, modificaciones al alza, fraudes en el procedimiento negociado y abuso de los llamados contratos menores eran los principales puntos negros. Algunos se abordan, otros no. Sigue siendo legal que un Ayuntamiento pequeño no necesite tramitar ni documentar ningún tipo de expediente en un contrato de obras que no supere los 50.000 euros más IVA. La cantidad es altísima.

Por otra parte, y como siempre decimos, una gran herramienta para la lucha contra la corrupción es la gestión pública electrónica. Los trámites electrónicos se publican, como mínimo se almacenan, y siempre dejan rastro. En la nueva Ley la regla general es la de las comunicaciones electrónicas, pero luego su articulado está repleto de cautelas que indican más bien desconfianza que necesidad de garantía de la seguridad de los sistemas. Parece que se parte de la presunción de que las distintas herramientas y aplicaciones son poco fehacientes, poco seguras e incluso poco accesibles.

¿Qué mejoraría?

Mi crítica es que se muestra un claro desconocimiento de la administración electrónica con ese exceso de temor o mal entendida cautela, toda vez que algunas administraciones llevamos funcionando desde hace años de manera electrónica en cuanto a los procedimientos de licitación, y otras, como el Gobierno Vasco, décadas. Obviamente cualquier plataforma debe cumplir escrupulosamente el Esquema Nacional de Seguridad, algo que sabemos desde 2007 y cuyo plazo de adaptación se cumplió en enero de 2014.

En definitiva, una Ley tímida en relación a sus objetivos. Cargada de buenas intenciones pero que algunos podrán burlar. Mire lo que está pasando ahora en el Estado con el rescate de las concesiones de las autopistas. Otras leyes anteriores, como la de transparencia, la de factura electrónica, y la de procedimiento, también perseguían acabar con la corrupción. El Código Penal, cuya primera versión es de 1822, no lo ha conseguido en casi 200 años. En realidad, la única solución definitiva es la interiorización de la ética por parte de todos los responsables públicos. La corrupción terminará cuando deje de haber corruptos.

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