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Publicidad sexista

Un juez obliga a retirar una campaña publicitaria que anunciaba cemento con chicas ligeras de ropa

La Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía de la Generalitat por usar a la mujer de «modo vejatorio» para promocionarse

Una de las imágenes consideradas como sexistas de Cementos La Unión ABC

ABC

Cementos La Unión dejará de anunciar su material con chicas ligeras de ropa. La Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía de la Generalitat Valenciana, en representación de la dirección general del Instituto Valenciano de las Mujeres , contra la empresa valenciana Cementos La Unión SA, por publicidad sexista desarrollada en su página web, según ha informado el secretario autonómico de Inclusión y de la Agencia Valenciana de la Igualdad, Alberto Ibáñez.

E l fallo condena a la empresa a cesar la campaña publicitaria basada en figuras femeninas contenidas en los sacos de cemento y cajas de morteros y su reflejo en la página web, y argumenta que las figuras femeninas que presenta es "ilícita o desleal", por hacer un uso "sexista" de estas imágenes , que nada tienen que ver con el producto ofertado.

Igualmente la Audiencia estima que la continuidad de la campaña, suavizada por la empresa tras la denuncia retirando aquello que en su opinión "podría ser valorado como más burdo" , no puede ser mantenida.

Imagen en la página web de Cementos La Unión ABC

Alberto Ibáñez ha valorado la sentencia y ha mostrado su satisfacción, al tiempo que ha instado a " no utilizar, de forma vejatoria, la imagen de la mujer como reclamo para comercializar productos", y concretamente ha denunciado la campaña publicitaria de Cementos La Unión, "basada en la utilización de la mujer a modo de objeto y reclamo para la promoción comercial de sus productos cementeros".

Asimismo, Ibáñez ha celebrado la sensibilidad de todas las administraciones públicas en la lucha emprendida por el Consell " contra el sexismo en todas sus manifestaciones , con la finalidad de eliminar los prejuicios basados en la idea de inferioridad o en funciones estereotipadas de mujeres y hombres".

En la sentencia, que puede ser recurrida, la Audiencia Provincial concluye que no existe ninguna relación entre una "figura femenina con exagerados rasgos y atributos femeninos, ropa escueta y ceñida", y lo que vendría a ser una " ropa de trabajo apropiada en el ámbito de la construcción ", dado que lo lógico es "dotar de protección al cuerpo cubriéndolo con tejidos y no exponerlo a cualquier impacto o agresión exterior".

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