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Turismo

Coto a los apartamentos turísticos «clandestinos»: hasta 90.000 euros de multa por no registrarse

La Junta de Castilla y León regula por primera vez al sector

Apartamentos turísticos en Valladolid F. HERAS

I. JIMENO

«Evitar» el intrusismo y la competencia desleal dentro de la oferta de alojamientos turísticos, pero también dar «respuesta» tanto a las nuevas «demandas» de los viajeros como a las «necesidades» del sector empresarial que dispone de viviendas para ser utilizadas con fines turísticos. Son los objetivos que persigue el decreto aprobado ayer por el Consejo de Gobierno de la Junta , con el que por «primera vez» en Castilla y León se regula el uso de las viviendas turísticas. Una norma que, según destacó la portavoz del Ejecutivo regional, Milagros Marcos, tiene en cuenta el «equilibrio de intereses» de los distintos sectores, a la vez que «garantiza» la calidad para los turistas. Busca «controlar» la creciente actividad «clandestina», en concreto, en la oferta de casas para viajeros que se publicita en páginas web especializadas. Para figurar en esas páginas y ofrecer ese servicio será necesario registrarse -una tarea que puede lograrse «en un día» con una declaración responsable y para cuya adaptación los ya existentes disponen de un periodo de seis meses- y cuyo número será imprescindible para ofertarse vía agencias de viaje o centrales de reserva.

El incumplimiento, tal y como recoge la Ley de Turismo, conllevará sanciones de entre 9.000 y 90.000 euros . No se establecen categorías en estos alojamientos. Los apartamentos de uso turístico habrá de estar formados por al menos dos unidades de alojamiento (se tiene constancia de al menos 280 casos), debe ofertarse por más de un mes al año y el mismo inquilino no podrá estar allí más de dos meses.

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