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El BOE publica las multas de 130.000 euros a Moltó y su inhabilitación por cinco años

Por las irregularidades cometidas durante su gestión al frente de la extinta Caja de Castilla-La Mancha, cargo que desempeñó desde octubre de 1999 a marzo de 2009

La Audiencia Nacional juzgó en febrero al expresidente de Caja Castilla La Mancha (CCM) Juan Pedro Hernández Moltó y a su exdirector general Ildefonso Ortega por la presunta maniobra contable con las que ocultaron las millonarias pérdidas de la entidad del ejercicio 2008. EFE

EP

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves las multas de 130.000 euros impuestas al expresidente de Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha (CCM) J uan Pedro Hernández Moltó por irregularidades cometidas durante su gestión al frente de la entidad, cargo que desempeñó desde octubre de 1999 a marzo de 2009.

Dichas multas fueron impuestas el 21 de julio de 2010 por el Ministerio de Economía y Hacienda, que dictó una Orden Ministerial en la que también sancionaba al exdirectivo con cinco años de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito o del sector financiero.

Hernández Moltó presentó recurso contencioso-administrativo contra dicha Orden Ministerial en el que solicitaba la suspensión de la ejecutividad de la sanción impuesta, que se acordó mediante auto del 28 de marzo de 2011 de la Audiencia Nacional.

Posteriormente, la Audiencia Nacional dicto sentencia destimatoria con fecha 29 de noviembre de 2013, contra la cual interpuso recurso de casación, que finalmente el Tribunal Supremo declaró el pasado mes de diciembre no haber lugar a dicho recurso.

Se trata de sendas multas por importe de 85.000 euros y 45.000 euros por la comisión de dos infracciones muy graves.

La primera de las infracciones consistió en presentar deficiencias en la estructura organizativa de la entidad de crédito, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables, incluidos los relativos a la gestión y control de los riesgos, cuando dichas deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad.

La segunda infracción cometida por el expresidente de CCM fue incurrir en insuficiente cobertura de los requerimientos de recursos propios mínimos, algo que debe hacerse cuando estos se sitúen por debajo del 80% del mínimo establecido reglamentariamente en función de los riesgos asumidos, o por debajo del mismo porcentaje de los requerimientos de recursos propios exigidos, en su caso, por el Banco de España , permaneciendo en tal situación por un período de al menos seis meses.

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