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El TSJ da la razón a Manzanares sobre los vertidos de aguas residuales

Ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Membrilla

Aguas residuales en la localidad ciudadrealeña de Manzanares ABC

ABC

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJC-M) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Membrilla contra la Ordenanza Reguladora de Vertidos de Aguas Residuales aprobada por el Ayuntamiento de Manzanares en 2016 .

La sentencia aclara que la competencia de vigilancia, inspección, control y sanción de los vertidos a su red de alcantarillado es del Consistorio manzanareño y deja sin efecto la intención del Ayuntamiento de Membrilla de impugnar varios artículos de la citada Ordenanza, además de condenarlo a costas.

Asimismo considera que el Ayuntamiento de Manzanares es el titular de la autorización del vertido de aguas residuales procedentes de la «aglomeración Manzanares-Membrilla» concedida por la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) y, por lo tanto, es de su competencia la vigilancia, inspección, control y sanción de los vertidos que se hagan en su red de alcantarillado, ha informado el Ayuntamiento de Manzanares.

Así, estima que «sería absurdo, discriminatorio y perjudicial» para el buen uso de la red «que los vertidos provenientes de Membrilla no se sujetasen al régimen de prohibiciones, controles y fiscalización a que se someten las emisiones que se realizan en el término municipal de Manzanares, cuando lo que se pretende garantizar es la seguridad de las instalaciones, controlar la calidad de los vertidos y evitar los posibles daños sancionando los incumplimientos a las normas de uso establecidas».

También recoge que «permitir que los vertidos procedentes de Membrilla no atendiesen dichas normas, además de suponer una discriminación intolerable, iría contra el propio sentido de lo que se pretende a través de dicha regulación, que es el buen uso de dichas redes».

La portavoz del equipo de gobierno de Manzanares, Beatriz Labián , ha valorado la sentencia, contra la que cabe recurso de casación, y ha señalado que «no sólo le quita la razón al Ayuntamiento de Membrilla en cuanto a que no le sea aplicable la Ordenanza de Vertidos, sino que además le aclara que Manzanares tiene el derecho y el deber de regular los vertidos que se hagan en su red, con independencia de quien los realice».

Aunque ambas localidades comparten la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR), la sentencia no deja lugar a dudas y dice que la red de alcantarillado por la que circulan los vertidos de Membrilla hasta llegar a la depuradora «es propiedad y titularidad del Ayuntamiento de Manzanares», según Labián.

Y precisa que «quien se aprovecha del uso de las instalaciones de otro ayuntamiento y obtiene un beneficio de ello, debe contribuir a los gastos de su conservación y mantenimiento», ha apostillado la portavoz del gobierno municipal de Manzanares.

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