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Advierten de la vulneración de derechos del nuevo plan director de Parques Nacionales

La nueva norma es de aplicación en el Parque Nacional de Cabañeros

Uno de los habitantes del Parque de Cabañeros ABC

ABC

El bufete especializado en legislación medioambiental, Pilar Martínez Abogados, ha alertado de la vulneración generalizada de derechos fundamentales del nuevo Plan Director de la Red de Parques Nacionales, que se aplicará sobre las 40.856 hectáreas de terreno que abarca Cabañeros .

Este documento es el instrumento normativo que fija las directrices que han de seguir los planes de uso y gestión de los 15 parques nacionales existentes en España determinando las limitaciones y prohibiciones en cada área, zonificada con diferentes intensidades restrictivas.

Declarado Parque Nacional por la Ley 33/95 del 20 de noviembre y ZEPA (Zona de Especial Protección de las Aves) en 1998, Cabañeros todavía tiene pendiente de aprobación el Plan Rector de Uso y Gestión , cuyo borrador estuvo a exposición pública el pasado verano y recibió numerosas alegaciones.

La letrada asegura que los profesionales especializados en materia medioambiental confiaban en que el nuevo Plan Director resolviese los conflictos y el descontento existente entre los propietarios de terrenos enmarcados en la red de parques nacionales .

«Lamentablemente, nos encontramos con un instrumento duro y exigente en lo que a restricciones y limitaciones de bienes y derechos particulares se refiere», explica Pilar Martínez.

Según la letrada, «son cuestiones de gran calado sobre vulneraciones generalizadas de derechos fundamentales, como el derecho a la igualdad, a la seguridad jurídica o a la defensa ; pero también a otros derechos de los ciudadanos, como a la propiedad privada y la función social que ésta debe cumplir; el derecho a la libertad de empresa o a ser resarcidos por la privación de bienes y derechos que estas figuras imponen para el territorio y los habitantes a los que afecta».

Pilar Martínez recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo es clara respecto a la necesidad de incluir una memoria económica con partidas presupuestarias específicas para hacer frente a las necesarias indemnizaciones y compensaciones , por las limitaciones y restricción de derechos y bienes patrimoniales legítimos y previamente consolidados de los propietarios de terrenos afectados por las figuras de protección medioambiental.

La abogada alerta de la ambigüedad del documento en este aspecto, lo que dificulta la defensa de los propietarios perjudicados. «Se recoge una disposición derogatoria única, en la que se remite a la nueva norma, la elaboración y aprobación de los planes de Uso y Gestión que se encuentran en marcha. Nos preguntamos si se piensa tener en cuenta en dicha elaboración la clara jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo en cuanto a la necesidad de inclusión de esta memoria económica para las indemnizaciones o si la Administración pretende ampararse en esta ambigüedad con la que ha creado la norma para defender una posición contraria a tal jurisprudencia».

A juicio de la profesional, también es vaga y poco precisa la Ley 30/2014 del 3 de diciembre sobre Parques Nacionales , lo que genera indefensión e inseguridad jurídica , quedando cualquier actuación, sometida a la voluntad subjetiva de la autoridad medioambiental de turno; que decida sobre cuestiones de gran transcendencia para los afectados

Pilar Martínez aprecia, además, un gran intervencionismo por parte de la Administración en el decreto teniendo en cuenta, además, que en la mayoría de los casos los espacios naturales se declaran sobre terrenos de propiedad privada. « Esta norma se puede calificar de absolutamente intervencionista y expropiadora de derechos privados (prohibición de vehículos, principio de no intervención en la naturaleza, incompatibilidad de la caza, pesca, actividades recreativas y aprovechamiento de animales silvestres, etc.), que se concretan cuando se aprueben los Planes de Uso y Gestión . En ese momento se consumará el daño sobre el territorio al que afecta y sobre los bienes y derechos que se hallan dentro del mismo, siendo el momento adecuado para demandar ante los tribunales y defender tales derechos», explica la letrada.

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