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Condenan a cuatro años de cárcel a los padres del niño de 3 años que murió desnutrido en Gran Canaria

El veredicto del jurado rebaja considerablemente la petición del fiscal, que pedía 15 años de condena, al considerar probado que la muerte del pequeño fue fruto de una imprudencia

Yurena. S. A. e Isidro Yeray S. R., padres del niño fallecido por falta de cuidados en Artenara EFE

R. L. P.

Un jurado ha declarado culpables de un delito de homicidio por imprudencia a los padres del niño de tres años y medio que murió en 2013 en Artenara (Gran Canaria) desnutrido.

La Fiscalía había solicitado en un primer momento una condena de 15 años de cárcel por homicidio por omisión para Isidro Yeray S.R., de 35, y su esposa, Yurena S.A., de 32, pero tras escuchar que el veredicto del jurado considera que la muerte del niño fue fruto de una imprudencia , la ha rebajado hasta cuatro años de prisión .

El fiscal César Casarrón ha instado a la Audiencia de Las Palmas a que imponga a ambos la máxima condena prevista para los homicidios imprudentes, en atención a la gravedad de los hechos, y a que les obligue a indemnizar con 60.000 euros a los dos hermanos del menor.

Las defensas también han reconocido que sus clientes son autores de una "imprudencia grave", pero han recomendado que sólo reciban una condena de dos años de cárcel y que el tribunal les permita seguir en libertad, concediéndoles una suspensión de la pena al carecer de antecedentes penales, así como que no se fije indemnización alguna dados sus problemas económicos.

Las partes han emitido su solicitud de condena tras explicar el presidente del tribunal, el magistrado Emilio Moya, que conforme al veredicto del jurado se les podía imponer una condena de 1 a 4 años de prisión, al concurrir la agravante de parentesco y la atenuante por el retraso en la instrucción de la causa, esta última apreciada por el Jurado.

El portavoz del jurado ha indicado que los procesados " no merecen pedir indulto ni la suspensión de la pena privativa de libertad".

En un veredicto dictaminado en la noche de este miércoles, el jurado considera probado que los padres del menor no llevaron nunca a su hijo al pediatra y que desde el momento de su nacimiento hasta su fallecimiento desatendieron "los más elementales cuidados a los que estaban obligados".

Omisión de cuidados

De modo que el niño careció durante su corta existencia de asistencia sanitaria y de una adecuada alimentación "hasta el punto de provocar un estado continuado de desnutrición y deshidratación , unido a una extremada falta de higiene", según refleja el tribunal popular en su veredicto.

Además, ha estimado que el comportamiento "omisivo" de ambos acusados, unido a las patologías que sufrió el niño desencadenó su fallecimiento.

No obstante, el tribunal popular ha acordado por mayoría que los padres, pese a "la desatención de los más elementales cuidados" que tuvieron hacia su hijo, no pensaron que pudiera fallecer, ya que no querían matarlo, pues "no fueron conscientes de la gravedad de las heridas" que degeneraron en unas dificultades para la respiración del niño que acabó muriendo.

También ve probado que el menor sufrió un traumatismo en la cara que no fue tratado y se le fue deteriorando el rostro hasta el punto de producirle una amplia y profunda apertura en la nariz, dividiéndola en dos partes y varios cortes en el labio, que le impedían realizar las funciones de deglución, respiratorias y masticatorias.

Como consecuencia de ello, añade el veredicto, el niño sufrió una patología pulmonar consistente en una bronconeumonía aguda y crónica por aspiración bilateral con edema agudo y hemorragia que derivó en un proceso infeccioso en los pulmones.

Al no recibir asistencia médica por la bronconeumonía, ello derivó en una descompensación aguda debido a una broncoaspiración de material gástrico, derivado de un vómito, y finalmente una insuficiencia respiratoria y la muerte , según ha concluido el tribunal popular.

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