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Cultura

La Generalitat, condenada a devolver a Aragón las valiosas pinturas románicas de Sijena

La Justicia tumba la pretensión del Gobierno catalán y del MNAC de arrogarse la propiedad de estos frescos

Pinturas murales del Monasterio de Sijena (Huesca) depositadas y exhibidas en el barcelonés MNAC

Roberto Pérez

La G eneralitat catalana ha sido condenada a devolver a Aragón las valiosas pinturas románicas del Monasterio de Villanueva de Sijena , del que fueron arrancadas en dos tandas, una primera parte en 1936 y una segunda en 1960. La sentencia, dictada por el juzgado número 2 de Huesca, tumba la pretensión del Gobierno catalán y del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) de arrogarse la propiedad de estos frescos.

El fallo judicial desmonta, uno a uno, los argumentos con los que las autoridades catalanas han intentado frenar la devolución de estas pinturas murales, consideradas por los expertos como las más valiosas del románico español y de las más importantes del mundo. No solo tumba el intento de considerar que esas pinturas han pasado a ser, por el paso del tiempo, parte del patrimonio cultural catalán; también rechaza que haya prescrito el derecho de Aragón a reivindicar la devolución de estas pinturas y avala la viabilidad técnica de trasladarlas y reintegrarlas al monasterio del que fueron arrancadas .

El pleito es consecuencia de la reivindicación planteada por el Gobierno aragonés a la Generalitat y al MNAC para que entregaran esas pinturas. La petición no fue atendida por las autoridades catalanas y motivó la apertura de un proceso judicial en el que actúa también el propio Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, pequeña localidad oscense que ha puesto a la Generalitat jurídicamente contra las cuerdas con las demandas que ha promovido para recuperar no solo estas pinturas murales sino, también, otras 97 obras de arte del mismo monasterio y que acabaron en Cataluña.

En el caso de las pinturas murales, como último recurso para intentar que no puedan salir de Cataluña, la Generalitat y el MNAC han alegado que su traslado pondría en riesgo la conservación de esos frescos. Sin embargo, la titular del juzgado número 2 de Huesca, Silvia Ferreruela, concluye que «si en la Sala Capitular» del Monasterio de Sijena «se reprodujeran las mismas condiciones de temperatura y humedad que en la sala del MNAC donde se encuentran expuestas, ningún problema de conservación existiría» . «Por otro lado -remarca la juez-, ningún perito ha afirmado la imposibilidad de trasladar las pinturas a la Sala Capitular, ni que el traslado vaya a suponer inexorablemente la pérdida de las pinturas». Eso sí, la magistrada subraya que deberá planificarse técnicamente, de forma muy exhaustiva, la operación de traslado y reintegración de dichos frescos en su monasterio originario.

La sentencia destaca que las pinturas murales fueron arrancadas en 1936 incumpliendo la ley de patrimonio artístico vigente en la época. Además, indica que tanto esos frescos, como los que se arrancaron en 1960, fueron trasladados a Cataluña únicamente para facilitar su restauración, no con ánimo de dejarlos allí de forma permanente. Destaca que así ha quedado probado documentalmente durante este litigio.

Además, apunta a que no consta ningún documento de venta o traspaso de la propiedad entre las monjas del Monasterio de Sijena y las autoridades catalanas.

Por todo ello, la juez concluye que está probado que esas pinturas murales, desde que fueron trasladadas a Cataluña, han quedado allí estrictamente en calidad de depósito temporal . Y que ese depósito se extingue forzosamente cuando sus legítimos propietarios las reclaman. Para ello, la única condición era que estuviera restaurada la Sala Capitular del Monasterio de Sijena, restauración que culminó hace ya 25 años.

Se da por seguro que la Generalitat y el MNAC recurrirán esta sentencia del juzgado número 2 de Huesca. Sin embargo, el abogado que defiende los intereses de Villanueva de Sijena , Jorge Español, ya ha avanzado que van a pedir inmediatamente la ejecución provisional de la sentencia . Es decir, que mientras sigue adelante el litigio en instancias judiciales superiores, y a la espera de que haya sentencia definitiva y firme, esas pinturas murales sean trasladadas cautelarmente a su emplazamiento originario.

La misma solicitud plantearon en el otro litigio que dirime la devolución a Aragón de otras 97 obras de arte del Monasterio de Sijena. La sentencia fue dictada hace poco más de un año, la Generalitat la recurrió, pero el juzgado de Huesca -con el aval del Tribunal Constitucional- ha aceptado la petición aragonesa y ha ordenado a las autoridades catalanas a que entreguen cautelarmente esas 97 obras de arte a Villanueva de Sijena. De hecho, acaba de dar un ultimátum a la Generalitat para que, como máximo el próximo día 20, diga detalladamente cómo piensa entregar esas piezas, que han de estar de nuevo en Aragón el día 25 de julio.

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