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El Tribunal Supremo, indignado ante la «ausencia de colaboración» de Bélgica

El tribunal belga alega «defectos de forma» en la euroorden para denegar la entrega de tres exconsejeros

«Sólo el desconocimiento del ordenamiento jurídico permite obviar un auto de procesamiento», dice el TS

El exconsejero catalán huido Toni Comín (c) llega al tribunal para comparecer ante el juez belga EFE
Nati Villanueva

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Cuando la Justicia española no había terminado de recuperarse del revolcón del tribunal alemán que adelantó su decisión de no entregar a Puigdemont por el delito de rebelión , la justicia belga propinó ayer miércoles un nuevo revés al Tribunal Supremo, que dirige la causa contra el «procés». Los magistrados denegaron ayer la entrega de los exconsejeros Toni Comín, Meritxell Serret y Lluis Puig al alegar un «defecto de forma» en la euroorden cursada por el magistrado Pablo Llarena.

A su juicio, la solicitud de entrega que el instructor reactivó nada más dictar el auto de procesamiento de la causa por rebelión, el pasado 21 de marzo, no se basa en una nueva orden nacional de detención, sino en el requerimiento emitido meses antes por la Audiencia Nacional. Según manifiesta el tribunal belga , la jurisprudencia comunitaria exige que cada orden de detención europea esté respaldada por una orden de detención nacional, lo que no ha sucedido en este caso. « El Ministerio Público ha pedido al tribunal que declare irregulares las tres órdenes de detención europea dada la ausencia de órdenes de arresto nacionales adecuada s. El tribunal ha aceptado esta petición», informó la Fiscalía de Bruselas en un comunicado.

«Hechos complejos»

Lo cierto es que lo que subyace en la negativa belga es una falta de colaboración que vuelve a poner en jaque los pilares de la euroorden como mecanismo de cooperación judicial basado en la confianza mutua entre países. Esa es la lectura que se ha hecho en el Alto Tribunal español, la máxima instancia jurisdiccional del país. Y ello porque si se tratara de un defecto de forma habría bastado con que el pasado abril, cuando la fiscalía belga pidió a Llarena información complementaria, hubiera puesto de manifiesto esta circunstancia, algo que no hizo .

Pendientes aún de recibir la resolución del tribunal belga, fuentes de la Sala Penal señalaron ayer que no comparten la motivación por la que se deniega la entrega y que esta negativa «podría interpretarse como una ausencia de compromiso» para prestar la colaboración judicial solicitada .

Estas mismas fuentes argumentaron que el auto de procesamiento del juez Llarena -la resolución con la que el magistrado cierra la investigación y expone sus conclusiones- explica los «hechos y argumentos jurídicos» por los que los tres exconsejeros son procesados. Comín, por rebelión y malversación; y Serret y Puig, por malversación y desobediencia .

En la Sala Penal del Supremo inciden en que precisamente es el auto de procesamiento el que explica «con más desarrollo argumental» los hechos acusatorios, «a excepción de la sentencia», y que «sólo el desconocimiento de nuestro ordenamiento jurídico, pese a la explicación dada (por Llarena) como información suplementaria, permite obviar el auto de procesamiento en el que descansa la euroorden».

Las fuentes citadas recuerdan que el pasado 23 de marzo, el juez Llarena ordenó librar las ordenes europeas de detención en base a la argumentación del auto de procesamiento y atendiendo la petición de la Fiscalía. Tres meses antes, en diciembre, cuando Puigdemont estaba refugiado en Bélgica, fue el propio magistrado quien desactivó las euroórdenes cursadas por su compañera de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, que inició la investigación contra el Govern de Puigdemont, y pospuso la reclamación internacional hasta apuntalar los indicios contra los exconsejeros fugados .

Ya el pasado abril, el magistrado instructor del «procés» remitió un escrito a las autoridades judiciales belgas ofreciendo «información suplementaria» en relación a las órdenes europeas de detención y entrega emitidas contra estos exaltos cargos del Govern de Carles Puigdemont. Entre la documentación, Llarena aportó el auto de procesamiento para explicar los posibles delitos por los que se solicita la extradición de los tres exconsellers.

Recalcó entonces que se trata de unos «hechos complejos» , en los que «cada partícipe ha tenido una contribución diferente», pero concretó que los reclamados han sido procesados por el presunto empleo de «dinero público para pagar los gastos derivados de celebrar un referéndum declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional y prohibido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña», lo cual se «cataloga» en el Derecho español como «un delito de corrupción». Sólo por estos hechos ve «oportuna» la entrega teniendo en cuenta que la corrupción es uno de los 32 delitos en los que la entrega tiene que llevarse a cabo de forma automática, según la decisión marco que regula el proceso.

Sobre Comín, en concreto, afirmó que se pide su extradición por un presunto delito de rebelión, «sin perjuicio de otras calificaciones» y destacó que su participación consistió «básicamente en promover que la Comunidad Autónoma de Catalunya declarara su independencia del resto del Estado español y se constituyera como una república independiente, sirviéndose para ello de alzamientos y movilizaciones públicas que llegaron a contener expresiones de violencia con las que se pretendía forzar al Estado a reconocer la nueva realidad política».

A Puig, por su parte, le acusa de desoír los requerimientos del Constitucional sobre la convocatoria del referéndum ilegal , celebrado el 1 de octubre del año pasado. Y a la exconsejera Serret le imputa, además de esa desobediencia al tribunal garante, haber autorizado contrataciones para el 1-O y disponer de fondos públicos para un destino ilegal, distinto del previsto.

Como parte de su campaña internacional de victimismo, los exconsejeros fugados en Bélgica quisieron extrapolar ayer esa «victoria judicial» al resto de procesados huidos sobre los que pesa orden de detención internacional: Puigdemont (Alemania), Clara Ponsatí (Reino Unido) y Marta Rovira (Suiza). Así, interpretaron que la Justicia belga le ha mandado el mensaje al Tribunal Supremo de que «abusa del Derecho Penal» y del sistema europeo de euroórdenes. «Pedimos que se acabe este abuso de manera clara, irrevocable y irreversible», reclamó Comín, que comentó la resolución.

La decisión, según la Fiscalía belga, no es recurrible. El Tribunal Supremo estudiará sus opciones y podría, en cualquier caso, cursar una nueva orden europea de detención y entrega.

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