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El Tribunal Supremo asume la investigación sobre Puigdemont, los exconsejeros y los «Jordis»

La Audiencia Nacional mantiene la causa por la pasividad del antiguo mayor de los Mossos, Trapero

Los exconsejeros podrían solicitar volver a declarar con la esperanza de ser excarcelados tras el interrogatorio

Los exconsejeros, antes de declarar en la Audiencia Nacional IGNACIO GIL
Nati Villanueva

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El Tribunal Supremo ha asumido este viernes la investigación por rebelión a Carles Puigdemont , los trece antiguos consejeros de su Gobierno y Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, los líderes en la calle del independentismo. El juez Pablo Llarena, quien ya investigaba a Carme Forcadell y cinco antiguos miembros de la Mesa, ha tomado esta decisión y ha asumido la investigación contra ellos, en contra del criterio de la Fiscalía, según han informado fuentes jurídicas.

Con este paso, la única investigación que se mantiene en la Audiencia Nacional sería la que corresponde a la supuesta pasividad del antiguo mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero , y su número dos, Teresa Laplana, imputados ambos por sedición.

El juez Llarena justifica la acumulación de las causas del ejecutivo y legislativo catalán por la «conexión material inescindible de la naturaleza de los hechos» que se están investigando en el Supremo en la causa relacionada con el proceso secesionista. El alto tribunal ya investiga a los parlamentarios que permitieron la tramitación de las leyes de la desconexión, el barniz con el que trataron de otorgar apariencia de legalidad a la hoja de ruta independentista.

En el mismo auto, Llarena acuerda que la juez Lamela debe continuar investigando en la Audiencia Nacional la actuación del ex mayor de los Mossos, Josep Lluis Trapero , la intendente Teresa Laplana, así como de cualesquiera otros eventuales responsables sobre los que la investigación proyecte indicios de responsabilidad.

Llarena explica que la doctrina del Tribunal Supremo sobre la extensión de competencia en hechos cometidos por personas no aforadas solamente es procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los hechos investigados a las personas aforadas. Recuerda que la unificación del procedimiento tiene una finalidad funcional, concretada en la facilitación de la tramitación y en resolver los problemas derivados de la inescindibilidad del enjuiciamiento. En el presente caso, Llarena señala que uno de los delitos investigados es el de rebelión, que tiene un carácter plurisubjetivo, con una pluralidad de partícipes, lo que marca la necesidad del enjuiciamiento conjunto.

No obstante, Llarena considera que en el presente caso no se observa esa conexión material inescindible en la actuación de todas las personas investigadas en relación con el proceso secesionista de Cataluña. Así, el juez distingue entre «la actuación de los miembros del Govern y la de los presidentes de ANC y Omnium , hasta el punto de que sólo la intervención coordinada de todos ellos es la que puede llenar de contenido el injusto contemplado en el delito de rebelión», y la actuación de los Mossos que describe Lamela en su informe, así como la de un conjunto de personas que han podido colaborar en la elaboración de las leyes cuestionadas.

Para el magistrado, participaciones como la de Trapero, Laplana y aquellas otras semejantes que surjan a lo largo de la investigación no impiden que puedan examinarse de manera autónoma, «son así participaciones añadidas, que con independencia de cuál sea su relevancia en el desarrollo natural de los hechos, no justifican modificar las normas de competencia ordinaria para los que resulten afectados».

Entre estas intervenciones, explica Llarena en su auto, «está la de quienes se encontraban subordinados, en este caso concreto, al consejero de Interior: Trapero y Laplana. Sin perjuicio de que pueda resultar necesario revisar la decisión en un futuro, su participación, por relevante que sea, no compromete la calificación y el enjuiciamiento que pueda surgir de esta causa especial , no pudiéndose modificar la competencia ordinaria por no concurrir el elemento de la inescindibilidad respecto de ellos».

El futuro de 22 imputados, en sus manos

A partir del auto del juez Llarena, quedan bajo la investigación del Supremo un total de 22 personas: el expresident Carles Puigdemont y los cuatro exconsellers cuya entrega España ha reclamado a Bélgica (Antonio Comín, Clara Ponsatí, Lluis Puig y Meritxell Serret), los 8 exconsellers que se encuentran en prisión preventiva en España (Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Meritxell Borras, Joaquim Forn, Dolors Bassa y Carles Mundó), el exconseller en libertad bajo fianza Santi Vila, y los expresidentes de ANC y Omnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, además de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y cinco exmiembros de la Mesa del Parlament a los que ya investigaba.

Dado que las medidas cautelares adoptadas por el Supremo con la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa, han sido más livianas que las acordadas por Lamela con los exconsejeros (todos, menos Santi Vila , en prisión incondicional), no sería extraño que estos últimos solicitaran una comparecencia voluntaria. Su objetivo sería que el magistrado revisara su situación y les excarcelase antes de las elecciones autonómicas del 21-D. Llarena permitió a Forcadell y los demás miembros de la Mesa salir de prisión si abonaban una fianza porque todos renunciaron a cualquier actuación «fuera del marco constitucional».

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