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El Supremo recuerda al senador de ERC Vidal que el primer deber de un juez es cumplir la Constitución

El Alto Tribunal confirmó la suspensión de tres años al antiguo magistrado de la Audiencia de Barcelona, quien participó en la elaboración de una «constitución» para Cataluña

A la izquierda de Joan Tardá, el juez suspendido Santiago Vidal
Luis P. Arechederra

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El Tribunal Supremo ha recordado este martes al senador de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) Santiago Vidal , quien fuera magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona, que «el primer y principal deber» de cualquier juez es cumplir y respetar la Constitución , un deber que asumen libremente los jueces cuando deciden acceder a la carrera profesional. Así se expresa el Alto Tribunal en la sentencia que confirma la sanción de tres años de suspensión a Vidal, cuyo fallo ya se conoció el pasado noviembre.

El juramento o la promesa de guardar la Constitución, un acto que realizan los jueces obligados por la ley, no es «una simple fórmula o ceremonia litúrgica vacía de contenido», explica el Tribunal Supremo, que asegura que este deber compromete todas las actuaciones de un magistrado, no solo las que realiza en su trabajo de juez. Este deber se impone «también en todas sus actuaciones externas que puedan generar en la ciudadanía una desconfianza», relatan los jueces en la sentencia difundida este martes.

La razón por la que Vidal fue sancionado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) , el órgano que regula el gobierno de los jueces, es que participó en la elaboración de una «constitución» para Cataluña, dentro de la hoja de ruta de los secesionistas. El Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo confirmó esta decisión por 21 votos a favor y 11 en contra, una sanción que supuso a Vidal la pérdida de destino del magistrado en la Audiencia de Barcelona. La Fiscalía y el promotor de la acción disciplinaria pedían su expulsión como juez.

El CGPJ le impuso la sanción al considerar que Vidal cometió una falta disciplinaria muy grave por incumplir el deber básico de fidelidad a la Constitución y al ordenamiento jurídico. El promotor justifica su petición de que fuera expulsado en que participó «activamente, y al margen de cualquier cobertura, en un grupo de trabajo de composición heterogénea que tenía por objetivo elaborar y redactar una constitución catalana. Vidal admitió en público que su intención era que sirviera a quienes promueven la celebración de una consulta sobre la independencia de Cataluña respecto a España.

El Supremo ha rechazado así el recurso que interpuso el propio Vidal contra la decisión del CGPJ , en el que solicitaba que se declarase nula la sanción por no ser ajustada a Derecho. El tribunal considera probado que el magistrado participó en la elaboración de esa hipotética «constitución» con la finalidad, «política, no científica» de ponerla a disposición de los políticos secesionistas.

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