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El Supremo condena a un año de cárcel al cantante de Def con Dos por humillar a las víctimas

El tribunal corrige a la Audiencia Nacional, que absolvió al acusado en una sentencia contra la que recurrió el fiscal

Vídeo: Condenado cantante Def con Dos por enaltecer el terrorismo Europa Press
Luis P. Arechederra

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El Tribunal Supremo ha corregido a la Audiencia Nacional y ha condenado a un año de cárcel al cantante de rap César Augusto Montaña Lehmann , conocido como César Strawberry , por humillar a las víctimas del terrorismo con sus mensajes en la red social Twitter. El cantante publicó entre noviembre de 2013 y enero de 2014 diversos mensajes en los que aludía en términos ofensivos a José Antonio Ortega Lara , el funcionario de prisiones al que secuestró ETA, entre otras víctimas.

Los jueces otorgan la razón a la Fiscalía, quien recurrió la absolución , y concluyen que los mensajes publicados por el rapero «alimentan el discurso del odio, legitiman el terrorismo como fórmula de solución de los conflictos sociales, y, lo que es más importante, obligan a la víctima al recuerdo de la lacerante vivencia de la amenaza, el secuestro o el asesinato de un familiar cercano». Descartan que la ironía o el sarcasmo («el nihilismo surrealista», como expresó Strawberry) alegados por el cantante sean suficientes para evitar el castigo de los mensajes.

Rechazan así el argumento de la Audiencia Nacional para librar a Strawberry de la condena, que consideró que no pudo acreditarse que el rapero tuviera la intención de humillar a las víctimas o de defender el terrorismo. Según el Alto Tribunal, la intención de Straweberry es «irrelevante», porque la norma penal castiga el enaltecimiento o la humillación sin importar la finalidad de los mensajes. Argumentan los jueces que «basta con asumir como propia la justificación de una forma violenta de resolver las diferencias políticas y la reiteración de esos mensajes», como realizó el rapero a lo largo de esos meses en la red social.

«El mensaje de burla llega a la víctima en su integridad, sin matices aclaratorios de la verdadera intención del autor que los suscribe. La memoria de su propia tragedia no adquiere otra tonalidad cuando el dictamen pericial concluye que ha sido expresado con sátira o que es fruto de la crítica ácida», afirma la Sala Segunda del Tribunal Supremo. El delito de humillación a las víctimas del terrorismo protege la dignidad de todas las víctimas como colectivo , no una ofensa concreta.

Algunos de los mensajes que publicó el rapero son: «El fascismo sin complejos de Aguirre me hace añorar hasta los GRAPO», «A Ortega Lara habría que secuestrarle ahora», «Street Fighter, edición post ETA: Ortega Lara versus Eduardo Madina», «Franco, Serrano Suñer, Arias Navarro, Fraga, Blas Piñar… Si no les das lo que a Carrero Blanco, la longevidad se pone siempre de su lado», entre otros.

El tribunal también argumenta que la actitud contra la violencia mantenida por el condenado, según el testimonio de diversos testigos y una prueba pericial propuesta por su defensa, no es relevante para valorar los comentarios del rapero en Twitter en esas fechas concretas. Un magistrado discrepa del fallo de sus colegas y considera que el Supremo debía haber confirmado la absolución.

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