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El precio de cambiar de Gobierno

Podría alcanzar los 5,9 millones en dos años. Rajoy tiene paga vitalicia para una oficina

LAURA L. C ARO

De tener que abandonar La Moncloa, el Gobierno de Mariano Rajoy será el primero cuyos miembros se irán a casa sin una indemnización que añadir todos los meses a los sueldos que vayan a cobrar en su próximo desempeño profesional. Y será así porque este mismo Ejecutivo prohibió en 2012 por Real Decreto compatibilizar lo uno y lo otro , motivo por el que entonces los exministros de José Luis Rodríguez Zapatero, -algunos recién llegados al Congreso, otros al mercado laboral privado- tuvieron que elegir entre ingresar en su cartilla la «cesantía» producto de su anterior puesto o su nuevo salario, pero nunca los dos a la vez.

El único que tiene garantizada una asignación con independencia de lo que gane por otro lado, es el propio Rajoy, y además con carácter vitalicio, aunque su destino debe ser el mantenimiento de una oficina de representación a su servicio. De acuerdo con los datos abiertos difundidos a través del portal de la Transparencia, en 2014 (aún no está disponible 2015) el presidente del Gobierno cobró 78.185,04 y, según los Presupuestos Generales del Estado, para los tres expresidentes que le precedieron -Felipe González, José María Aznar y José Luis Rodríguez Zapatero- existe una partida de 223.740 euros, que repartidos suponen 74.580 euros para cada uno. Esa podría ser la cifra asignada a Rajoy, pero para ello habrá que modificar la cuantía presupuestada o proceder a la poco probable división de la existente entre los cuatro, en cuyo caso tocarían a unos 56.000 euros.

Más allá, el jefe del Ejecutivo tiene, como todos los demás, derecho a una cesantía de dos años si no tiene otros ingresos -aunque, para empezar, es diputado- y, en todo caso, puede incorporarse al Consejo de Estado en calidad de miembro nato , como ya hizo Zapatero, labor que no puede simultanearse con prácticamente ninguna otra que implique retribuciones.

Ministros y también diputados

Llegado este 2016, el número de ministros y secretarios de Estado que tendrán derecho a una indemnización por cese, siempre incompatible con cualquier otro ingreso, es de 13 y 28 respectivamente. De ser reclamada por todos ellos y cobrada hasta sus últimas consecuencias supondría una carga para el Estado de 5.950.638,52 euros durante los dos próximos años .

La clave del régimen al que pueden acogerse es la ley 74/1980 que indica que, una vez acabada su responsabilidad gubernamental, estos cargos pueden disfrutar durante tanto tiempo como hayan estado en el puesto, aunque con un límite de 24 meses, de una «cesantía» equivalente al 80% de las retribuciones que esté percibiendo en la actualidad . La media de lo que cobran los ministros es de 62.989,22 euros anuales -siempre según los datos de Transparencia, que son de 2014, excepto en los ministerios de Justicia e Industria, que son de 2015-, lo que significa que les quedaría una paga media de 56.375 euros al año, esto es, 4.071,53 euros brutos al mes.

A lo largo de la legislatura ha habido pocas bajas entre los ministros, entre ellos José Ignacio Wert, que sí pidió la cantidad que le correspondía durante el único mes que estuvo en el paro entre su cese y su ingreso como «embajador» de la OCDE en París. Recibió 4.598 euros. No lo hizo así Alberto Ruíz Gallardón, que ni siquiera lo solicitó. Esa puede ser la senda que elijan la mayoría de los ministros actuales, habida cuenta de que, a excepción de dos -el titular de Defensa, Pedro Morenés y el de Economía, Luis de Guindos- todos son diputados y podrán acceder a su remuneración correspondiente.

En el cálculo de la cifra que tendría que desembolsar el Estado a cuenta de estas indemnizaciones de altos cargos se ha tenido en cuenta que hay ministros que nunca podrían reclamar 24 meses de indemnización porque no han alcanzado ese periodo en activo al frente de sus departamentos. Es el caso de Íñigo Méndez de Vigo, titular de Educación, que de concluir ahora el Gobierno tendría derecho solo a siete meses de cesantía. También es la circunstancia de Alfonso Alonso o Rafael Catalá, que cumplen catorce y dieciséis meses como titulares de Sanidad y de Justicia.

De acuerdo con la legislación vigente, en un cambio de Gobierno únicamente cesan de forma automática los ministros y sus jefes de gabinete, nombramientos de su máxima confianza, aunque la experiencia dice que en el escalón inmediatamente inferior, el de los secretarios de Estado, son pocos los que resisten.

En la actualidad hay 25 hombres y mujeres que ocupan responsabilidades con ese rango y otros tres que lo tienen a reconocido a título personal: el director del gabinete de Rajoy, Jorge Moragas; el director de la Oficina Económica de Moncloa, Álvaro Nadal y el director del Consejo Superior de Deportes, Miguel Cardenal. La media de las retribuciones de los 28 es de 97.049 euros al año y la indemnización del 80% por ciento les supondría un ingreso de 77.639 euros al año como promedio. Esto es, 6.323 euros brutos mensuales.

Igualmente, en este grupo se ha computado que no todos los secretarios de Estados estarían en disposición de acceder a una cesantía de 24 meses. Es el caso del secretario de Estado de Asuntos Exteriores, Ignacio Ybáñez, que ha cumplido o está a punto de cumplir 14 meses al frente de su responsabilidad; el de Infraestructuras, Julio Gómez-Pomar (16 meses); el de Empleo, Juan Pablo Riesgo (7 meses), el de Economía, Íñigo Fernández de Mesa (17 meses) o la de Servicios Sociales, Susana Camarero (un año y 10 meses).

Sobre su futuro, cabe consignar que once de ellos son funcionarios , algunos con una importantísima experiencia acumulada en hasta 7 y 8 trienios, y que por tanto tienen una plaza como empleados públicos en propiedad a la que poder volver tras su cese.

Han quedado fuera de estos cálculos deliberadamente otras figuras que tienen rango de secretario de Estado, como el director del CNI, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa o el secretario general de la Casa del Rey, por entender que sus nombramientos y ceses no obedecen del todo a los tiempos de cada cambio de gobierno . Por motivos similares, no se han computados los gastos que conlleva la cesantía de otros altos cargos sujetos también a la ley de indemnizaciones 74/1980: los presidentes de Congreso y Senado, el del Tribunal Supremo de Justicia, del Consejo de Estado, del Tribunal de Cuentas y del Consejo de Economía Nacional.

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