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La juez Lamela confirma el procesamiento de Trapero y los exjefes políticos de los Mossos

La magistrada alega que la acusación no responde a una mera conjetura sino que son hechos objetivos resultado de las 21 diligencias practicadas

EP

La magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha confirmado el procesamiento del exjefe de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero , de la intendente Teresa Laplana, el exdirector de los Mossos Pere Soler y el ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig, en la causa que investiga los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y la jornada del referéndum independentista del 1 de octubre.

La juez desestima los recursos presentados por los cuatro procesados contra el auto del 4 de abril por el que ponía fin a la investigación de esta causa y niega que las acusaciones se basen en «meras conjeturas» de los investigadores, sino que las 21 diligencias practicadas demuestran que existen indicios racionales de criminalidad.

Expone en un auto que las partes «han tenido acceso a su contenido y han podido mostrar su parecer, ejercer sus derechos y solicitar las que estimaran de interés», de ahí que razone que « ninguna indefensión » se les ha causado al respecto.

Por ello, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 procede a la «total confirmación» de la resolución recurrida en la que atribuye dos delitos de sedición y uno de organización criminal a Josep Lluis Trapero , un delito de sedición y organización criminal a Pere Soler y César Puig y un único delito de sedición a la intendente Laplana.

Aunque en esta ocasión no entra en el fondo de asunto, sí se remite a su auto de procesamiento en el que apuntó a la existencia de una « estrategia premeditada y perfectamente coordinada » con reparto de papeles entre autoridades gubernamentales, parlamentarias y civiles para llevar a cabo la secesión de Cataluña y la «utilización ilegal» de los Mossos.

En ese sentido, destacó este uso «tanto en los actos sediciosos» del 20 y 21 de septiembre como en la celebración del referéndum ilegal, pero también «en la realización de actuaciones de espionaje a los miembros de la Policía Nacional y Guardia Civil, precisando que lejos de actuar en tales escenarios, se limitaron a aparentar la imposibilidad de cumplir »con sus obligaciones legales de actuar».

«Evitar la elefantiasis procesal»

Igualmente la magistrada responde a los procesados que la competencia de investigación de estos hechos corresponde a la Audiencia Nacional y que ella era partidaria de instruir de forma conjunta todos los hechos relacionados con la declaración unilateral de independencia (DUI) de Cataluña el pasado 27 de octubre, si bien la existencia de personas aforadas lo ha impedido.

En su recurso, Puig denunció la «dispersión» de causas que se siguen en órganos judiciales tales como en Cornellá o Lérida por desobediencia de agente de los Mossos durante el 1-O. Sobre este punto, la juez precisa que se ha rechazado asumir la investigación de estas causas para evitar la «elefantiasis procesal» y que se convierta en un macroproceso que acabe ralentizando el avance de las pesquisas.

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