El mecanismo automático contra la consulta
Tomás Ramón Fernández - ABC
Diada Catalana

El mecanismo automático contra la consulta

La clave la encierra el segundo apartado del artículo 161: en el momento en el que el Gobierno presente un recurso ante el TC, la norma en cuestión quedará suspendida durante cinco meses

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La clave la encierra el segundo apartado del artículo 161: en el momento en el que el Gobierno presente un recurso ante el TC, la norma en cuestión quedará suspendida durante cinco meses

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  1. «La suspensión de la consulta es obligada» (Tomás Ramón Fernández, Catedrático de Derecho Administrativo)

    Tomás Ramón Fernández
    Tomás Ramón Fernández - ABC

    Tomás Ramón Fernández (Burgos, 1941) participó en la Comisión de expertos que supervisó con lupa el mapa que iban dibujando las autonomías en 1981. Este catedrático de Derecho Administrativo se acuerda de Shakespeare para referirse a la consulta catalana: «Mucho ruido y pocas nueces». Fernández explica así el mecanismo automático del artículo 161 de la Constitución: «El Gobierno puede imponer un recurso en cuanto se apruebe la ley de consultas y, así, entraría en automática suspensión. Es objetivo, no hay nada de opinión, lo dice la Carta Magna». Fernández señala que esta suspensión, a pesar de su temporalidad (se establece por un plazo no superior a cinco meses), «tiene el mismo valor que una sentencia firme».

    Este jurista piensa que «el Gobierno lo tiene muy bien estudiado» y que, por tanto, la consulta es «imposible».

    Sobre la actuación del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en este asunto, cree que «se le ha criticado mucho, pero lo ha hecho bien». «No ha entrado en el cuerpo a cuerpo y eso ha sido acertado porque en este tipo de combates hasta el más fuerte sale con arañazos», sostiene.

  2. «Mas podría cometer un delito de sedición» (Marcelino Sexmero, Portavoz de la asociación de jueces Francisco de Vitoria)

    Marcelino Sexmero
    Marcelino Sexmero - ABC

    Marcelino Sexmero (Salamanca, 1961) es el portavoz de la segunda asociación de jueces y magistrados con mayor número de afiliados: Francisco de Vitoria. Este salmantino, que lleva ejerciendo como juez desde los 27, explica a este periódico algunas de las palabras que están en boca de todos cuando se habla de Cataluña: «sedición», «rebelión»...

    En cuanto a la Carta Magna, asegura que el Estatuto catalán podría quedar suspendido si hubiera un incumplimiento grave, «como podría ser, en este caso, la celebración de la consulta convocada por Artur Mas para el próximo 9 de noviembre».

    Sexmero opina que Artur Mas cometería un delito de «sedición» si sigue adelante con la consulta después de haber «entrado en juego el Tribunal Constitucional» con la admisión del recurso presentado por el Gobierno. «La desobediencia civil supone no acatar un mandato del Estado. La sedición, además, conlleva un ataque a las instituciones; un ataque sin armas, porque si no, la ilegalidad sería tipificada como un delito de rebelión».

  3. «Esta convocatoria es un fraude de ley» (Francesc de Carreras, Catedrático de Derecho Constitucional)

    Francesc de Carreras
    Francesc de Carreras - ABC

    Francesc de Carreras (Barcelona, 1943) formó parte del antiguo Consejo Consultivo de Cataluña, lo que en la actualidad se ha convertido en el Consejo de Garantías Estatutarias. El órgano al que perteneció hace más de una década avaló en agosto la ley de consultas no refrendarias que propone Artur Mas para hacer posible la consulta, lo que Carreras califica de «tapadera» y de «estratagema para vulnerar el orden constitucional».

    Carreras explica que existen dos «momentos clave» en los que el TC podría empezar a actuar. «El primero se dará cuando el Gobierno de la Generalitat apruebe en el Parlamento catalán la ley de consultas populares. En ese momento, Rajoy tendrá la posibilidad de presentar un recurso y así el TC podría empezar a actuar». El segundo momento clave se daría «cuando Mas formalice la convocatoria. La mera admisión del recurso que el Gobierno presente dejará suspendida de forma automática la consulta. Asegura que la ley de consultas diseñada por Artur Mas es algo tan parecido a un referéndum que supone un fraude de ley y el TC debería considerarlo como tal. «Han cambiado el nombre, pero no la sustancia». Afirma que se trata de «una estratagema que vulnera claramente el orden constitucional».

  4. «No se pueden exigir responsabilidades» (Manuel Pulido, Exletrado del Tribunal Constitucional)

    Manuel Pulido
    Manuel Pulido - ABC

    Manuel Pulido (Sevilla, 1956) conoce el Tribunal Constitucional por dentro. Formó parte de su funcionamiento como letrado y recibió una medalla como reconocimiento a su trabajo. Ahora, este Doctor en Derecho Constitucional, abogado del parlamento de la Comunidad Foral, y profesor de la Universidad de Navarra, explica el funcionamiento de la Carta Magna.

    Pulido asegura que a día de hoy no se puede exigir a Artur Mas ningún tipo de responsabilidad porque «las llamadas a la desobediencia están amparadas por la libertad de expresión a no ser que éstas inciten a la violencia». Además, recuerda una reforma del Código Penal que intentó José María Aznar, con la que se podría exigir responsabilidad penal a Mas en caso de que formalizara la consulta: «Esta reforma fue una reacción al plan Ibarretxe. Consistía en tipificar como delito la convocatoria de una consulta. No salió adelante por la pérdida posterior de las elecciones».

    El exletrado del TC califica de «improbable» que Mas saque las urnas a pesar del dictamen del Tribunal Constitucional: «En el hipotético caso de que ordenara a los Mossos que mantuvieran el orden en los colegios electorales, el Gobierno podría mandar a la Guardia Civil, pero esto es un escenario guerracivilista altamente improbable».

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