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El Supremo ratifica una condena de ocho años para el patrón de una patera

El acusado negó ser el piloto de la embarcación después de que dos víctimas que viajaban con él le identificaran

El Supremo ratifica una condena de ocho años para el patrón de una patera archivo

s. montero

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de 8 años y un día de prisión al patrón de una patera que negaba ser el que dirigía la embarcación. La Audiencia Provincial de Cádiz le sentenció el pasado enero por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros tras intentar trasladar a España a unos 30 inmigrantes irregulares en una embarcación poniendo en peligro sus vidas.

El origen de la sentencia tiene lugar el 28 de diciembre de 2012. El el alto tribunal considera probado que el implicado Yusupha Conteh pilotaba esa mañana una embarcación de unos 4 a 5 metros con 30 personas africanas abordo, de las que siete eran mujeres (una de ellas embarazada) y otros cuatro eran bebés. El acusado alega que la embarcación la pilotaban unos marroquíes que abandonaron el barco a mitad de camino y que él «se hizo cargo de la embarcación ante el peligro que suponía para su vida y para la de los demás», según afirma la sentencia del Supremo.

La barca estaba en pésimas condiciones y carecía elementos de seguridad (como brújulas, luces o chalecos salvavidas) poniendo en peligro la vida de los viajeros, que incluso tuvieron que achicar agua para que no se hundiera por el mal tiempo. Como consecuencia, fue interceptada y rescatada por una embarcación de Salvamento Marítimo cuando se hallaban en las inmediaciones de Tarifa.

El testimonio de las dos víctimas

En la primera declaración que se les tomó a los inmigrantes, dos de las víctimas reconocieron a Yusupha Conteh como el piloto y después lo identificaron mediante unas fotografías. Los demás no quisieron declarar por «miedo a las represalias», afirma la sentencia. Las dos personas que lo hicieron, relataron a los agentes de la Policía Nacional que comenzaron el viaje «tras ser captados por marroquíes» y abonar una cantidad de dinero. El acusado afirma que era uno más y que incluso abonó «400 euros por viajar».

Tras ser llamados meses después para ratificar esta declaración, las dos víctimas no pudieron ser localizadas, una circunstancia habitual tratándose de inmigrantes irregulares en las que pesan orden de expulsión del país. El acusado ha mantenido durante todo el proceso que él era una más en la patera y que no la dirigía.

El piloto aprovechó esta circunstancia para llevar el recurso al alto tribunal argumentando que no se había respetado su presunción de inocencia al no hacerse rueda de reconocimiento ni haber presentado a los testigos en juicio oral. Sin embargo, el Supremo ha ratificado su condena de ocho años y un día por la verosimilitud de los testimonios y por no existir un móvil de «resentimiento, enfrentamiento o venganza» contra el acusado que pudiera tirar por tierra la visión de las víctimas.

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