Estas son las novedades del Estatuto de la Víctima
El ministro de Interior, Jorge Fernández, junto a la presidenta de la Fundación Víctimas del Terrorismo, Mari Mar Blanco, durante la presentación del Estatuto de la Víctima del Delito - efe

Estas son las novedades del Estatuto de la Víctima

Recurrir la libertad condicional del infractor, las declaraciones grabadas de los menores o prohibir a los abogados acercarse durante un mes a las víctimas de una catástrofe son algunas de ellas

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Recurrir la libertad condicional del infractor, las declaraciones grabadas de los menores o prohibir a los abogados acercarse durante un mes a las víctimas de una catástrofe son algunas de ellas

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  1. Ampliar el concepto de víctima

    El ministro de Interior, Jorge Fernández, junto a la presidenta de la Fundación Víctimas del Terrorismo, Mari Mar Blanco, durante la presentación del Estatuto de la Víctima del Delito
    El ministro de Interior, Jorge Fernández, junto a la presidenta de la Fundación Víctimas del Terrorismo, Mari Mar Blanco, durante la presentación del Estatuto de la Víctima del Delito - efe

    Este viernes se cumplen cinco años del último atentado con víctimas que perpetró la banda terrorista ETA en suelo español. El 30 de julio de 2009 una bomba lapa adosada a un coche acabó con la vida de los guardias civiles Carlos Sáenz de Tejada y Diego Salvá. Un día antes de que se haya cumplido este trágico aniversario, el ministro de Justicia presentó el Estatuto de la Víctima, que ampara, entre otras, a los damnificados del terrorismo.

    El texto incluye otras novedades como la posibilidad de ser informados sobre la puesta de libertad del agresor para las víctimas de la violencia de género o evitar que los abogados y procuradores se acerquen a los familiares de los fallecidos en grandes catástrofes hasta un mes después del suceso.

    Las víctimas de todo tipo de violencia podrán acogerse a los derechos de este Estatuto que pretende luchas contra la «doble victimización» a la que se ven sometidas las víctimas por tener que revivir la agresión en el juicio. Estas son las novedades más importantes que protegen a las víctimas:

  2. Recurrir la libertad condicional del agresor

    El ministro del Interior, Jorge Fernández, junto al de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, en una reunión con la presidenta de de la Fundacion de Víctimas de Terrorismo, Mari Mar Blanco, y la de la AVT, Angeles Pedraza,
    El ministro del Interior, Jorge Fernández, junto al de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, en una reunión con la presidenta de de la Fundacion de Víctimas de Terrorismo, Mari Mar Blanco, y la de la AVT, Angeles Pedraza, - archivo

    Aunque no estén personadas en el procedimiento, las víctimas podrán recurrir la libertad condicional aunque no estén personadas en el procedimiento si la pena es superior a cinco años de prisión.

    «Memoria, dignidad y justicia» pidió en el acto de presentación Mari Mar Blanco, la hermana de Miguel Ángel Blanco presente en el acto de presentación, que cree que el Estatuto garantiza que «las víctimas sean escuchadas».

  3. Poder declarar en una dependencia distinta al agresor

    El presunto miembro de la banda terrorista ETA Ibai Beobide en la Audiencia Nacional
    El presunto miembro de la banda terrorista ETA Ibai Beobide en la Audiencia Nacional - ARCHIVO

    «A la salida del juicio, la madre del asesino de mi hermano se enfrentó a mi madre con una sonrisa», contaba Mari Mar Blanco, quien se quejaba de que durante las últimas tres décadas las víctimas del terrorismo han tenido que compartir sala con los familiares de los asesinos. Este estatuto permitirá que damnificado y agresor no compartan sala de declaración.

    Además, también se reducirán el tiempo de interrogatorios y los reconocimientos médicos lo máximo posible para evitar que revivan la situación.

  4. Declaraciones grabadas de menores

    Marcha contra la violencia de género en 2013
    Marcha contra la violencia de género en 2013 - archivo

    Los menores y las personas con discapacidad salen especialmente reforzados en esta nueva lista de derechos. Se les facilitará que graben su testimonio para evitar que comparezcan en juicio y tengan contacto con el agresor, a menos de que sea absolutamente imprescindible.

    En el caso de que haya un conflicto entre el padre y la madre, se designará una tercera persona como representante. Por supuesto, los hijos de las fallecidas por violencia de género tendrán también garantizado el estatuto de víctima, con todos los derechos y garantías que incluye.

  5. 20 días para recurrir los archivos de las causas

    Imagen de archivo del Tribunal Constitucional
    Imagen de archivo del Tribunal Constitucional - efe

    Es otra de las grandes reivindicaciones de las asociaciones de víctimas. Actualmente solo se dispone de tres días para recurrir un sobreseimiento, un plazo demasiado corto. El nuevo estatuto amplía este periodo hasta los 20 días.

  6. Los abogados no podrán acercarse a las víctimas en un mes

    Familiares de las víctimas colocan flores en el monumento en su recuerdo situado en el lugar del accidente del vuelo de Spanair JK5022
    Familiares de las víctimas colocan flores en el monumento en su recuerdo situado en el lugar del accidente del vuelo de Spanair JK5022 - efe

    En el apartado de víctimas de grandes catástrofes como accidentes de avión o de tren, el Estatuto prohibirá a los abogados y procuradores que se acerquen a las víctimas para ofrecer sus servicios hasta un mes después de la tragedia. El objetivo es evitar que los damnificados se conviertan en «víctimas de abogados sin escrúpulos», tal y como explicó Pilar Vera, presidenta de la Asociación de Afectados del Vuelo JK 5022, el caso más conocido como la «tragedia de Spanair».

  7. Más información

    Un policía local en el lugar del asesinato de una víctima de violencia de género
    Un policía local en el lugar del asesinato de una víctima de violencia de género - Salvador Salas

    A la víctima del terrorismo, las agresiones sexuales o de violencia de género se le notificará cada paso del proceso judicial, desde la celebración del juicio hasta la adopción de medidas cautelares o las resoluciones judiciales siempre y cuando lo soliciten previamente. En el caso de la violencia de género se hará sin que la víctima lo haya solicitado, a menos de que pida expresamente no ser avisada.

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