Las claves de la nueva ley de Seguridad Ciudadana
Disturbios policiales durante la marcha por la dignidad el pasado marzo en Madrid - Agencias

Las claves de la nueva ley de Seguridad Ciudadana

El Consejo de Estado avala el anteproyecto casi en su totalidad a excepción de algunas variaciones entre las que destacan las siguientes

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El Consejo de Estado avala el anteproyecto casi en su totalidad a excepción de algunas variaciones entre las que destacan las siguientes

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  1. Retenciones: ¿Habrá un tope de tiempo?

    Disturbios policiales durante la marcha por la dignidad el pasado marzo en Madrid
    Disturbios policiales durante la marcha por la dignidad el pasado marzo en Madrid - Agencias

    El anteproyecto elaborado por el Gobierno estipula que la Policía pueda retener a toda persona para proceder a su identificación, incluso en caso de no ser sospechosa. Además, el borrador de la norma añade que el retenido podrá ser trasladado a comisaría «durante el tiempo estrictamente necesario» para lograr la identificación.

    El Consejo de Estado considera correcta esta regulación, pero añade que el tiempo máximo de retención debería tener un tope, que ha fijado en seis horas.

  2. Espectáculos: ¿Presencia permanente de las autoridades policiales?

    El público anima durante un concierto de Cadena 100
    El público anima durante un concierto de Cadena 100 - Belén díaz

    El Gobierno otorga a las autoridades policiales la posibilidad de prohibir y suspender la celebración de los espectáculos cuando exista peligro para las personas. Además, el anteproyecto obliga a que «los delegados de las autoridades estén presentes en la celebración de los espectáculos y actividades recreativas».

    El Consejo de Estado no ve necesaria esta presencia permanente. Según el órgano consultivo, debe bastar su competencia para decidir a qué espectáculos asistir y para su suspensión en caso necesario. Además, el Consejo aboga por establecer «recintos adecuados para la práctica de juegos y deportes».

  3. Prostitución en la calle: ¿Sanción solo para los clientes?

    Prostitutas que ofrecen su servicio en las calles de Sevilla
    Prostitutas que ofrecen su servicio en las calles de Sevilla - Raúl doblado

    El anteproyecto del Gobierno considera una infracción grave «el ofrecimiento, solicitud, negociación o aceptación de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público». Según el borrador, se sancionará tanto a prostitutas como a clientes. El boceto apunta que no habrá sanción en caso de que el infractor sea víctima de trata de seres humanos cuando esto quede acreditado de acuerdo con la legislación de extranjería.

    Sin embargo, el Consejo considera «discutible» que se sancionen por igual la oferta y la solicitud de prostitución. Ha recomendado al Gobierno que se sancione «únicamente la compra y la solicitud de los servicios sexuales y, en su caso, la oferta organizada de los mismos».

  4. Cacheos: Puntualizaciones en los registros de desnudo corporal

    La policía realiza un cacheo en San Sebastián de los Reyes
    La policía realiza un cacheo en San Sebastián de los Reyes - San bernardo

    Según el borrador gubernamental, el cacheo practicado en las retenciones preventivas se regirá siempre por el principio de injerencia mínima y será considerado como medida preventiva policial de carácter administrativo. Además, el anteproyecto apunta a que se respetará, en todos los casos, el principio de no discriminación por razones de sexo, raza o religión.

    El Consejo no ha cuestionado el precepto, salvo para puntualizar que este artículo «debe redactarse a la luz de la doctrina del TC que aborda la cuestión relativa a los registros corporales con desnudo integral». Reconoce que es necesario en ocasiones y asegura que la medida tiene que ser motivada y proporcional.

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