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El Gobierno amplía la justicia gratuita a víctimas del terrorismo, menores, consumidores y discapacitados

Gallardón subraya la importancia de extender la cobertura «cualitativa y cuantitativamente» a la población

El Gobierno amplía la justicia gratuita a víctimas del terrorismo, menores, consumidores y discapacitados IGNACIO GIL

ABC.ES

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha presentado este viernes su proyecto de ley de Asistencia Jurídica Gratuita, en el que amplía este derecho a las asociaciones de víctimas de terrorismo, de consumidores y usuariosy de discapacitadoscuando actúen en defensa de sus intereses. Aunque podrán seguir contando con sus abogados de confianza, si así lo desean, tendrán la oportunidad de disfrutar del resto de prestaciones del servicio. [ Así hemos contado el Consejo de Ministros en directo ]En la rueda de prensa, posterior al Consejo de Ministros, Gallardón ha destacado el "amplio contenido social" y la "fuerza" del texto, que constituye la "otra cara de la moneda de la ley de tasas" al establecer una "vinculación" entre los ingresos generados por este gravamen con la financiación de la Justicia Gratuita. Entre las novedades más significativas, el proyecto reconoce el derecho a tener justicia gratuita, con independencia de sus recursos económicos, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo o de trata de seres humanos, así como a los menores o discapacitados que sufran maltrato o abuso o quienes hayan sufrido secuelas de carácter permanente en un accidente.

El Gobierno aprobó hace un año un real decreto por el que modificaba la polémica ley de tasas y anticipaba la entrada en vigor de puntos esenciales del anteproyecto de Justicia Gratuita para que los nuevos beneficiarios pudieran acogerse desde ese mismo momento. Con independencia de sus recursos para litigar, el proyecto incluye como beneficiarios a las asociaciones anteriormente mencionadas, junto a la Cruz Roja, a sindicatos y a representantes de los trabajadores y a las entidades gestoras de la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo cuando actúen en defensa de sus intereses. El proyecto mantiene la justicia gratuita para trabajadores, funcionarios, personal estatutario y beneficiarios de la Seguridad Social en primera instancia e incorpora la posibilidad de que sean representados en procesos laborales por graduados sociales. Cuando recurran tendrán una bonificación del 60 por ciento de la tasa.

Elevación de los umbrales de renta

De igual modo, el proyecto eleva el umbral para que puedan acogerse a esta prestación las asociaciones de utilidad pública y las fundaciones. A partir de ahora tendrán derecho si sus beneficios anuales son inferiores a cinco veces el IPREM (31.950), mientras que antes para poder acceder tenían que tenerlos de menos de tres veces (19.170). El umbral para contar con justicia gratuita pasa de 14.910,28 euros al año hasta los 2,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que supone 15.975,33 euros al año, y hasta a tres veces cuando los miembros de la unidad familiar son cuatro (19.170,39). Cuando el solicitante no forme parte de una unidad familiar el umbral se sitúa en dos veces el IPREM. Ante determinadas circunstancias especiales, familiares, de salud o de discapacidad, el límite asciende de cuatro veces el SMI (29.821 euros) a cinco veces el IPREM (31.950,65). Además, se permite la posibilidad de que los beneficiarios elijan qué prestaciones desean obtener.

Entre ellas, se encuentra la exención de las tasas, abogado, procurador, asistencia pericial, información sobre mediación, inserción gratuita de anuncios o edictos, obtención gratuita de copias, y reducción del 80% de los derechos arancelarios. Por primera vez, la ley recoge expresamente a los imputados y a los reclamados por euroórdenes, ya que hasta ahora la norma sólo mencionaba a los presos y detenidos como posibles beneficiarios de la justicia gratuita si sus ingresos eran inferiores a los umbrales establecidos.

Nuevos controles para evitar abusos

Además, introduce controles para que no haya abusos ni fraudes en el ejercicio de una prestación que "pagamos todos los españoles". Así, se establece una "presunción de abuso" cuando la persona solicite "tres veces al año" este derecho en todos los órdenes, salvo en el penal. En ese caso, podrá pedirlo pero acreditando esa necesidad. Si en el plazo de cuatro años el beneficiario mejora su fortuna y sus ingresos constituyen el doble del umbral por el que en su día accedió a la justicia gratuita, la parte contraria podrá reclamarle los costes que le fueron impuestos. En este sentido, la norma incrementa las facultades de averiguación patrimonial por parte de los Colegios de Abogados y las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita.

El juzgado podrá apreciar la existencia de abuso de derecho por el beneficiario de la asistencia jurídica gratuita y la revocará y podrá condenarle en costas. Por otra parte, la Administración se compromete a abonar los servicios prestados en los cinco primeros días al abogado de oficio cuando a una persona no le es reconocido finalmente este derecho en el orden penal. Los trámites para la obtención de la justicia gratuita se agilizan con la obligatoriedad de que los colegios y las administraciones utilicen el expediente electrónico en sus comunicaciones, mientras se contempla la creación de un comité de consultas en el Ministerio de Justicia para prestar un servicio homogéneo en todas las comunidades.

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