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El Gobierno hace efectiva la modificación de la ley de tasas

Día 23/02/2013 - 04.36h
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Se amplía el número de beneficiarios de la Justicia Gratuita al elevar el umbral económico de acceso

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un decreto ley por el que se modifica la reciente Ley de Tasas Judiciales y se anticipa la entrada en vigor de los beneficios recogidos en el anteproyecto de Justicia Gratuita para que los colectivos que tengan derecho a ella puedan disfrutarla desde este mismo momento.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros [Así lo hemos contado en directo], la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, ha justificado este «ajuste» de la norma en que se ha acogido una opinión «muy cualificada» como es la de la Defensora del Pueblo y que recoge «importantes» demandas de los ciudadanos. El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La medida aprobada por el Ejecutivo supone la aplicación inmediata de artículos esenciales de la nueva Justicia Gratuita para que sus nuevos beneficiarios dejen ya de pagar abogado, procurador, tasas y demás costes derivados del proceso. Sólo a estos se les devolverá la tasa abonada desde que esta ley entrara en vigor el pasado 17 de diciembre.

El anteproyecto de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita amplía el número de beneficiarios al elevar el umbral económico de acceso e incluir a todas las víctimas de violencia de género, trata de seres humanos, accidentes graves o menores y discapacitados que hayan sufrido abusos o maltrato.

El decreto modifica la Ley de Tasas Judiciales, publicada en noviembre y vigente desde diciembre, para exonerar de su pago a las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo y que tampoco se incluyan en la condena a costas a pagar a la entidad bancaria por las familias desahuciadas o sus avalistas.

Otros cambios giran en la exoneración del pago de la tasa en ejecución de laudos arbitrales de consumo, en la reducción de la cuantía variable de la tasa para las personas físicas y en la rebaja de la tarifa en recursos contra sanciones administrativas -como multas de tráfico- para que la tasa no supere el 50% del dinero objeto del litigio.

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