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¿Se puede prohibir fumar en las zonas verdes junto a una piscina comunitaria?

La Ley Antitabaco prohíbe fumar en los recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia. Esta prohibición afectará también a la zona infantil de la piscina aunque tenga la consideración de espacio abierto.

Raúl Dobllado

Algunos vecinos quieren prohibir fumar en el patio del edificio, y especialmente en la zonas verdes junto a la piscina. ¿Debe aprobarse la medida por mayoría de la junta o la decisión la puede tomar el presidente? (Consulta de Barbara Ros)

Responde Patricia Briones, abogada y asesora permanente del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid

La Ley Antitabaco prohíbe fumar en los recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y el esparcimiento de menores. Esta prohibición afectará también a la zona infantil de la piscina aunque tenga la consideración de espacio abierto.

También dicha Ley señala que se prohíbe fumar en cualquier otro lugar, por mandato de esta Ley o de otra norma, o por decisión de su titular. En este caso, aun cuando la norma no lo prohiba, la comunidad podrá adoptar un acuerdo al respecto por mayoría simple por el que prohiba fumar en determinadas zonas de las comunidades de propietarios pese a que estas se encuentren al aire libre.

Quiero comprar un piso de segunda mano, pero no me interesa ninguno de los muebles y electrodomésticos viejos que hay en él. ¿Es tarea mía retirarlos o le corresponde al vendedor? (Consulta de Adrián de Pablo)

Responde José Ramón Leal Ortuño, responsable comercial del Grupo Cadbe

Todo depende de lo que acordéis en el contrato de compraventa. Si realmente no te interesa ningún enser y quieres recibir la casa totalmente vacía, debes exigírselo por escrito en el contrato de compraventa.

Lo normal es que el propietario, al enseñar el piso, señale qué cosas van incluidas y cuáles tiene intención de llevarse. Si el comprador muestra su interés en algunos elementos concretos, se suele fijar un precio para ellos o incluirlos en la negociación (tipo "si quieres que te deje la cocina completa son 3000 más" o "me lo quedo por tanto si me dejas la cocina completa"). Pero lo dicho, no hay normativa al respecto, todo deberá detallarse en el contrato de compraventa o en la escritura de la misma ante el notario.

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