Hazte premium Hazte premium

Renta 2017 - 2018

¿Cuál es el calendario de plazos y cómo es el procedimiento de descarga y confirmación de borrador?

La principal novedad introducida por parte la Agencia Tributaria para este año se encuentra en el procedimiento de obtención del número de referencia necesario

Vídeo: Una app para el móvil, principal novedad de la campaña de la Renta 2017 EFE

IVÁN SÁEZ

El plazo para la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2017 comienza el 4 de abril y finaliza el 2 de julio de 2018 , pudiendo solicitar la domiciliación bancaria de pago del impuesto hasta el 27 de junio.

Como en la campaña anterior, cualquiera que sea la naturaleza de las rentas que el contribuyente haya obtenido durante el ejercicio: de trabajo, de capital mobiliario o inmobiliario, de actividades económicas, ganancias y pérdidas patrimoniales, así como las imputaciones de renta, podrá obtener el borrador de su declaración a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB), tras aportar determinada información que les será solicitada al efecto.

La principal novedad introducida por parte la Agencia Tributaria para este año se encuentra en el procedimiento de obtención del número de referencia necesario para acceder al borrador y/o datos fiscales del contribuyente:

- Número de Identificación Fiscal (NIF) del contribuyente, y en su caso de su cónyuge (en caso de que se desee realizar declaración conjunta).

- Fecha de caducidad del documento de identidad : dicho dato no será exigible en el caso de los contribuyentes que disponen de Número de Identificación de Extranjero (NIE).

- Contenido de la casilla 450 de la declaración del IRPF, correspondiente al ejercicio 2016.

-En el caso en el que la casilla 450 hubiera sido 0,00, no haber presentado declaración de IRPF 2016, así como cuando el Documento Nacional de Identidad sea de carácter permanente (fecha de caducidad 01/01/999) o sea un Número de Identificación Fiscal (NIF) que comience con las letras K, L, M, X, Y o Z, deberá aportarse los últimos 5 dígitos de una cuenta bancaria que conste en la base de datos de la Agencia Tributaria, en el que figure el contribuyente como titular. Consignados estos datos la Agencia Tributaria ofrecerá en pantalla el número de referencia, desapareciendo la posibilidad de recibirlo mediante SMS.

También, como en las pasadas campañas, se podrá acceder al borrador o a los datos fiscales a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración del portal de la Agencia Tributaria directamente en https://www.agenciatributaria.gob.es ., utilizando certificados electrónicos reconocidos y el sistema Cl@ve PIN, sin necesidad de obtener el número de referencia.

Por último, como novedad para esta campaña se ofrece a los contribuyentes la posibilidad de acceder a sus datos fiscales y al resumen del borrador de declaración a través de una aplicación para dispositivos móviles previo registro en la misma, utilizando el sistema Cl@ve PIN o el número de referencia. También podrán confirmar y presentar el borrador de declaración a través de esta aplicación móvil cuando no se tenga que modificar o incluir algún dato adicional.

*Iván Sáez y Simona Alen, Director y consultor del departamento People Advisory Services de EY

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación