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Pymes y autónomos denuncian tretas de grandes empresas para no pagar sus deudas

La Plataforma contra la Morosidad pide al nuevo Gobierno que cree un régimen sancionador contra las compañías morosas

«El cliente consigue simular el pago dentro del plazo legal, contabilizar la deuda en su balance como "cuentas a pagar a proveedores" —manteniendo intacta su capacidad de endeudamiento financiero— y obtener una gran rentabilidad financiera», denuncia

El presidente de la Plataforma contra la Morosidad, Antoni Cañete ALBERTO FANEGO
Javier Tahiri

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Pymes y autónomos constatan que las grandes empresas utilizan recovecos legales para pagarles más tarde de lo que dicta la Ley por lo que reclaman al nuevo Gobierno que apruebe un régimen sancionador contra las compañías morosas . La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, que agrupa a un millón de pymes y autónomos, ha criticado esta mañana una nueva táctica entre las grandes empresas para dilatar el pago de sus deudas . Se trata del confirming con anticipo obligatorio.

Como explica el presidente de la plataforma, Antonio Cañete «el proveedor es obligado contractualmente al anticipo de un pago confirmado en la fecha y al coste que al contratista principal le convenga». «La novedad no es tanto que te obliguen a aceptar un confirming (que ya se venía haciendo), sino el hecho de que te obligan a anticiparlo en una fecha determinada con lo que ello supone», asevera Cañete.

Por ejemplo , si el proveedor realiza un trabajo el 2 de marzo y la fecha máxima legal de cobro es a los 60 días (1 de mayo), el cliente le obliga a firmar un confirming por el que se registra que va a cobrar unos días antes de que finalice ese plazo legal (28 de abril), pero teniendo el proveedor que asumir el importe del tipo de interés y de la comisión que se le cargan por firmar un confirming con fecha de vencimiento varios meses después (24 de septiembre). En este caso simulado, por ese anticipo de tres días, al proveedor se le cobrará 22,74 euros de intereses y 500 euros por comisión, con el 87,56% TAE.

La Ley de Morosidad fija en 60 días entre las empresas y 30 entre las administracione s el plazo máximo legal de pago. No obstante, si se incumple no hay multa alguna. Precisamente, una de las leyes que ha quedado en el aire ante el cambio de Gobierno es la aprobación de sanciones de hasta 163.955 euros a las compañías que incumplan este plazo. El Congreso de los Diputados aprobó hace meses una propuesta de Ley en este sentido, a propuesta de Ciudadanos, pero la iniciativa no ha seguido avanzando.

De hecho, las administraciones, pese a que han reducido considerablemente sus plazos por el control de Hacienda que puede intervenir si se incumple, pagan a 44 días. El sector privado, según la plataforma, lo hace a 77 días.

En este sentido, la PMcM recuerda que los avances alcanzados en materia de plazos de pago con la aprobación de la nueva Ley de Contratos del Sector Público «perderían gran parte de su utilidad si no se aprueba un régimen sancionador que castigue sus incumplimientos, que está contemplado precisamente en la Propuesta de Ley de Refuerzo de Lucha contra la Morosidad».

«De hecho, algunas compañías grandes —principales infractores de las leyes contra la morosidad— ya han diseñado nuevos mecanismos para eludir sus obligaciones, in crementando la opacidad de los contratos e incurriendo en fraudes de ley tales como el pacto de plazos de pago superiores a los legales», denuncia Cañete.

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