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Brexit

¿Qué ocurre si tengo un viaje planeado o he cotizado en Reino Unido?

La mayoría de las cuestiones estarán supeditadas a los pactos que alcance el país con la UE o los acuerdos bilaterales

S. E.

Tras la decisión de los votantes de Reino Unido de abandonar la Unión Europea (UE) , se abren múltiples incógnitas sobre el futuro de las relaciones económicas y comerciales que no solo afectan a las grandes empresas, sino también a particulares. La compañía española especialista en la prestación de servicios jurídicos Legálitas reconoce haber recibido «hoy un aluvión de llamadas» sobre consultas relacionadas con desplazamientos aéreos y las cotizaciones de trabajadores españoles en Gran Bretaña. La firma recuerda que, en todo caso, la salida no será inmediata y que «hoy la normativa» de la UE «sigue vigente y siendo la misma para Gran Bretaña, en lo que afecta a las cuestiones relacionadas con los ciudadanos comunitarios».

Una de las dudas más frecuentes, subrayan, es la relativa a viajes contratados a Gran Bretaña este verano y todo lo relacionado con ello (el propio contrato ya sea con agencia o directamente con el hotel o apartamento, los posibles retrasos en vuelos o pérdidas de maletas si viajamos con una compañía aérea británicas, la documentación que deberemos llevar para entrar o salir del país, las compras que realizamos allí, el derecho a asistencia sanitaria si nos ponemos enfermos durante las vacaciones, el «roaming», una detención si tenemos un problema legal).

En este sentido, Legálitas recuerda que el referéndum celebrado « no afecta a ninguna de estas cuestiones planteadas , puesto que el inicio de las negociaciones no será inmediato y, por tanto, la normativa a aplicar este verano será la misma». Sin embargo, en el caso de los «futuros periodos vacacionales» habrá que «estar pendiente de los acuerdos a los que se llegue en todas esas materias y a los plazos en los que vayan entrando en vigor». En el caso del consumo, las condiciones no variarán, puesto que gran parte de la normativa comunitaria se ha incorporado ya a la legislación británica.

Cotizaciones sociales

En la cuestión laboral, resultarán cruciales los acuerdos que adopten los países. En caso de adhesión al espacio económico europeo o acuerdos bilaterales que incluyeran la libre circulación de trabajadores, no sería necesario ni tan siquiera el permiso de trabajo. Si se llegase a acuerdos de asociación o libre comercio que no incluyan la libre circulación, entonces sería necesario visado y permiso de trabajo específico tanto para los españoles que quisieran trabajar allí como para los británicos que quisieran trabajar en España.

Mientras tanto, ¿qué pasará con las pensiones? ¿Perderán los trabajadores españoles sus prestaciones? Si, por ejemplo, se firmara un acuerdo de adhesión al Espacio Económico Europeo , la situación de las cotizaciones no cambiaría respecto de la actual y las pensiones estarían garantizadas.

Sin embargo, uno de libre comercio como el que actualmente tiene la Unión Europea con EE.UU. o uno de asociación, podría significar la pérdida de estas cotizaciones, lo que podría suponer que algunas personas no llegaran a la cotización mínima y perdieran derecho a la prestación de jubilación. Legálitas explica que «en virtud del principio internacional de reciprocidad lo lógico es esperar que bien con la UE, bien con países concretos como España se firme algún acuerdo bilateral que garantice esas cotizaciones».

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